Moises Sanchez, en Cronologia del Secreto
SANTIAGO, 21 de octubre de 2005 (Comunicado Pro Acceso).- Un energico rechazo frente la determinacion del general director de Carabineros, Alberto Cienfuegos, de restringir la entrega de informacion a la opinion publica sobre los ilícitos cometidos manifesto Pro Acceso, una ONG dedicada a la promocion de cambios legales y culturales a favor del derecho de Acceso a la Información Publica. El presidente de esta organizacion, el abogado Juan Pablo Olmedo, advirtio que dicha peticion atenta contra las libertades de informacion y expresion de la ciudadania, en general, y de los periodistas, en particular.
Apunto a que la medida reclamada por el alto oficial busca impedir la fiscalizacion de la ciudadanía a la correcta, eficiente y eficaz labor policial, que como todo organo del Estado tambien esta sujeto al cuestionamiento publico.
Hizo hincapie frente a la gravedad de una medida como la sugerida por cuanto la estrategia de limitar la difusion de estas informaciones con el fin de reducir la percepcion de inseguridad de las personas no solo es errada, sino tambien peligrosa.
La idea de que “no sabe es no temer” resulta inaceptable, dijo el profesional, por cuanto “deja a la ciudadania desamparada y en ignorancia sobre los riesgos que puede enfrentar. Pero ademas, ayudaria a generar la idea de que se le esta encubriendo la realidad y el resultado podría ser contrario al buscado por el general”.
Preciso que mas que entregar informacion parcializada, Carabineros deberia contribuir a aumentar el flujo y la calidad de los antecedentes que entrega. Indico que el Estado no debe tomar un rol paternal en término de qué es lo que deben o no saber sus ciudadanos, sino que es preciso informarlos mejor para que tomen decisiones más adecuadas.
Olmedo apunto que esta medida atenta contra el espiritu del recien incorporado articulo 8º de la Constitucion, que establece que “Son publicos los actos y resoluciones de los organos del Estado, asi como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen. Sin embargo, solo una ley de quorum calificado podra establecer la reserva o secreto de aquellos o de estos, cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, la seguridad de la Nacion o el interes nacional”.
Olmedo enfatizo que aun cuando dicha ley no se ha dictado todavia, un oficio de la autoridad maxima de la policía uniformada no tiene el rango legal suficiente para establecer cuales son los antecedentes que deben quedar velados al publico.
Mayores antecedentes
Laureano Checa
09 331 0279
lcheca@proacceso.cl
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