martes, agosto 30, 2005

Comentarios a la Reforma Constitucional en materia de acceso a la información, por Rodrigo Egaña B.

Debido a una solicitud nuestra, el subsecretario de Segpres Rodrigo Egaña, nos hizo llegar hoy estos comentarios en relación a la recientes reformas constitucionales en materia de secreto y reserva, y los alcances del oficio 914/2005 que contiene orientaciones en materia de transparencia para todos los servicios, los que ahora compartimos con ustedes.-

Moises Sanchez, en Cronologia del Secreto


Las Reformas Constitucionales recientemente aprobadas por el Congreso Nacional y publicadas en el Diario Oficial el viernes 26 de agosto, reflejan la voluntad de una amplia mayoría parlamentaria, así como del Gobierno, por incorporar un nuevo artículo a la Carta Fundamental, el Artículo 8º, dentro del Capítulo Primero sobre Bases de la Institucionalidad. Dicho precepto establece que "el ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones". Y agrega que "son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen".


Sin duda, el carácter público de los actos y resoluciones de los órganos que conforman el Estado, es uno de los fundamentos que sostienen a una institucionalidad democrática, en términos ideales. Y cabe preguntarnos por qué Chile demoró en llegar a este estado de desarrollo, en que legisladores de todos los sectores políticos concuerdan en que nuestra cultura política debe pasar del "secretismo" que la ha caracterizado a lo largo de su historia republicana, a un punto más pleno del ejercicio de los derechos que corresponden a todos los ciudadanos, y no sólo a sus castas dirigentes o a quienes los gobiernan.


El nuevo artículo 8º es todavía más explícito y señala que "sólo una ley de quórum calificado podrá establecer la reserva o secreto de aquéllos o de éstos, cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional".


Lo anterior expresa un mandato, en relación a que lo secreto será materia de ley, con un alto quórum –y alto grado de acuerdo, por tanto- para no dejar entregado a gobiernos de turno como a eventuales mayorías parlamentarias, la decisión sobre lo público y lo privado en el ámbito de los órganos del estado. Y como todas las libertades y derechos tienen límites en otros derechos, que también es tarea del Estado garantizar, se mencionan cuatro ámbitos de materias que esa ley deberá tener en cuenta para establecer lo que se mantendrá "secreto" o "reservado".


El oficio 914/2005 que el Ministro Secretario General de la Presidencia remitiera a las autoridades: ministros, subsecretarios, y jefes de servicios, tiene el doble propósito de informar acerca de los fundamentos de esta nueva legalidad, así como de ir preparando las condiciones en lo jurídico y administrativo, para ajustarse a este nuevo escenario.


Tal como la Constitución lo señala en el mencionado artículo 8º, hay un precepto general, que aun estando vigente requiere de una ley para hacerla aplicable. En su momento, cuando la ley respectiva haya sido promulgada y cobre vigencia, ella misma determinará los procedimientos y plazos para el nuevo orden que regirá el acceso a la información pública.


Rodrigo Egaña B.
Subsecretario General de la Presidencia.



Nota: Artículo redactado en exclusiva para "Cronologia del Secreto"





--------------------

Nota: se suprimieron tildes de este articulo para evitar problemas de visualizacion en distintos navegadores






viernes, agosto 26, 2005

Reformas Constitucionales acaban con el secreto por via reglamentaria



En la edición del Diario Oficial de hoy, se publicó la ley Nº 20.050, que contiene las reformas constitucionales recientemente aprobadas, una de las cuales elimina la facultad de los funcionarios públicos para declarar secretos actos y documentos públicos.-

Moises Sanchez, en Cronologia del Secreto


SANTIAGO, 26 de agosto de 2005, (CDS News).- Rapidamente fueron publicadas las reformas a la Constitución Política recientemente aprobadas, lo que tiene un enorme impacto en materia de acceso a la información pública. En efecto, una de las reformas aprobadas incorpora un nuevo artículo 8º, que señala que:


"Artículo 8.º El ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones.

Son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen. Sin embargo, sólo una ley de quórum calificado podrá establecer la reserva o secreto de aquéllos o de éstos, cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, laseguridad de la Nación o el interés nacional.".


De esta manera, se pone término a las prácticas de secretismo que, desde el año 2001, muchos servicios públicos comenzaron a desarrollar, y que se concretaron en la publicación de más de 90 resoluciones que restringían el acceso a información que -por su propia naturaleza-, era de carácter de pública. Ello, bajo el amparo normativo del DS 26/2001 Segpres, que contiene el reglamento de secreto y reserva de los actos y documentos públicos, instrumento que entregó amplias facultades a los funcionarios para actuar discrecionalmente en esta materia. Muchas de estas resoluciones ya habían sido declarados ilegales por parte de la Contraloría General de La República en el dictamen Nº 49883 de octubre de 2004.


Con la publicación de esta nueva norma, todas las resoluciones de secreto dictadas a la fecha deben entenderse que están derogadas. Así lo señaló el mismo Segpres al momento de dar respuesta a la presentación efectuada sobre esta misma materia por diversas organizaciones ciudadanas, y que se contiene en el oficio respuesta Nº 925/2005, el cual indica que esta modificación implicará "la derogación de las resoluciones de secreto y reserva, toda vez que establecen que dicha declaración solamente la puede hacer el legislador, no la autoridad administrativa".


En este escenario, urge generar un rápido proceso de eliminación de las resoluciones de secreto, a fin de evitar la "sobrevivencia" de dichos anacrónicos resabios normativos de secretismo, para lo cual se requiere que las autoridades y jefes de servicio involucrados procedan a derogarlas expresamente. Dicha orientación ya ha sido comunicada por medio del oficio Nº 914/2005 de Segpres, el cual les señaló a todos los servicios y reparticiones públicas que: "ante la necesidad de preparar a los organismos de la Administración para el nuevo escenario normativo descrito, se ha estimado conveniente comunicar formalmente a Ud. la orientación que deberá presidir la actuación administrativa en materia de publicidad y transparencia, a objeto que se proceda desde ya, a revisar los criterios aplicados y a definir las estrategias e instrumentos de gestión que permitan la estricta observancia de dichosprincipios, velando siempre por la mayor publicidad y transparencia posibles".


Todo lo anterior justifica justifica la apertura de un proceso de discusión pública, en el cual todos los sectores involucrados, tanto del estado como la Ciudadanía, generen un debate y propuestas respecto del nivel de publicidad que una sociedad democrática debe sostener, y que concluya en la construcción de un código de buenas prácticas en materia de secreto, tarea para lo cual se puede tomar como punto de partida el mismo oficio Nº 914/2005 que ya se comentó.



Moises Sanchez.-


Ver ademas:


  • "Secretismo en Chile: Revisión de la Práctica Administrativa 2001-2005" (Moisés Sánchez)
  • "Transparencia y Probidad en los gobiernos de la Concertación" (Rodrigo Egaña B.)



  • --------------------

    Nota: se suprimieron tildes de este articulo para evitar problemas de visualizacion en distintos navegadores






    jueves, agosto 25, 2005

    Cámara respalda iniciativa de Romero en materia de Transparencia

    Titular de la Cámara de Diputados, junto con respaldar la iniciativa del Presidente del Senado, ingresó la semana pasada una moción que contempla el término de las votaciones secretas tanto en la Sala como en las comisiones. La moción de Ascencio agrega aspectos sustanciales para permitir, además, el inicio de las nuevas comisiones investigadoras y fortalecer la transparencia no sólo en el parlamento, sino en la Administración del Estado.-

    Moises Sanchez, en Cronologia del Secreto


    VALPARAISO, 25 de AGOSTO de 2005, (Oficina de Prensa. Presidencia EST).- Partidario de una transparencia absoluta, "y de terminar con todos los actos secretos", tanto en el poder legislativo como en las distintas reparticiones del Estado se manifestó hoy el presidente de la Cámara de Diputados, Gabriel Ascencio, quien respaldó la propuesta de su homólogo en el Senado, Sergio Romero. Ascencio recordó que la semana pasada dejó ingresada una moción que contempla este y otros aspectos que apuntan en la misma dirección: total transparencia.

    Ascencio agregó que junto con respaldar que respaldará las medidas e iniciativas que se adopten en el Senado en este tema, explicó que la moción que ingresó en la Cámara, que modifica la Ley Orgánica del Congreso Nacional- adecua el sistema actual para poder implementar las enmiendas constitucionales recién aprobadas. "Sólo y exclusivamente en casos muy extremos podrán ser reservados los actos relativos a la seguridad e interés nacional, tal como quedó establecido en la Constitución tras efectuarse los históricos cambios que aprobamos hace algunos días".

    CÁMARA COMENZARÁ SISTEMA DE INTERPELACIÓN A MINISTROS VIA INTERNET
    Por otra parte, el presidente de la Cámara agregó que en los próximos días comenzará a implementarse un nuevo sistema para el envío de oficios y solicitudes de los parlamentarios a los Ministros y autoridades del Estado, a través de Internet, comenzando con la repartición que más peticiones de información recibe: el Ministerio de Obras Públicas y Transportes.

    "Este sistema no sólo permitirá una mayor rapidez y eficiencia a la labor fiscalizadora de la Cámara, sino que toda la información será pública y podrá ser conocida por nuestros electores a través de Internet".

    Fuente: Oficina de Prensa. Presidencia.
    EST/Valparaíso. 25 de Agosto 2005.-



    Ver ademas:


  • Presidente de la Cámara respalda iniciativa de Romero en materia de transparencia(La Segunda, 25/08/2005)




  • --------------------

    Nota: se suprimieron tildes de este articulo para evitar problemas de visualizacion en distintos navegadores



    jueves, agosto 18, 2005

    Columnas de Opinion de Matias Guiloff y Patricio Herman

    En el "Mostrador" se publicaron hoy las columnas de opinion de Patricio Herman y Matias Guillof, las que se refieren al rol de la ciudadanía en materia de acceso a la información publica.-

    Moises Sanchez, en Cronologia del Secreto


    SANTIAGO, 18 de agosto de 2005, (CDS News).- Sin duda alguna el tema del acceso a la información está en el tapete de la discusión pública, y por ello no es extraño que hoy se hubieran referido a este tema Patricio Herman (Defendamos la Ciudad), y el joven abogado Matías Guiloff (Oceana), en sus columnas publicadas en "El Mostrador".

    Herman hace referencia en su artículo al importante rol que desempeñaron las organizaciones ciudadanas para obtener que, finalmente, Segpres enviara un oficio con recomendaciones en materia de transparencia a todos los servicios públicos. Menciona una carta que fue presentada al ministro Vidal, cuyo objeto es que se incorpore dentro de todos los análisis el rol ciudadano, y no se lo plantee solamente como un "éxito" del gobierno.

    Por su parte, Guiloff analiza la relación que existe entre el acceso a la información y los recursos naturales, y pone de maniefiesto la necesidad de que todos los avances legislativos se concreten en la práctica, de manera de cumplir con el principio 10 de la declaración de Rio, referido a esta materia.

    Moises Sanchez.-



    Columnas citadas:

    "Acceso a la información pública y recursos naturales", Matias Guiloff (el mostrador 18.08.2005)

    "Secretismo en Chile", Patricio Herman (el mostrador 18.08.2005)


    Otros artículos de Matías Guiloff:

    "Ley Larga de Pesca ¿Otra ley corta?" (El mostrador 07.02.2005)

    "Más transparencia para la pesca" (La Estrella de Chiloe, 29.05.2005)

    "Pesca y Fiscalización" (La Estrella de Chiloe, 15.06.2005)


    Otros artículos de Patricio Herman:

    "Secretismo en los actos y documentos públicos" (El Periodista 17.03.2003)

    "Contaminación y secretismo" (El Mostrador 09.06.2005)

    "Fin del secretismo" (la Nacion 17.11.2004)

    "Desaprension urbana y ambiental" (El Mostrador 05.05.2005)









    --------------------

    Nota: se suprimieron tildes de este articulo para evitar problemas de visualizacion en distintos navegadores






    Transparencia es tratada en Anuario de Derechos Humanos

    En presentación del "Anuario de Derechos Humanos 2005", publicado por la Universidad de Chile, se destaca la inclusión de la transparencia como un tema emergente.-

    Moises Sanchez, en Cronologia del Secreto


    SANTIAGO, 18 de agosto de 2005, (CDS News).-El martes recien pasado, asistí al lanzamiento del anuario de derechos humanos de la Universidad de Chile, y vi con satisfacción que se habian considerado en el una serie de artículos vinculados con la transparencia bajo el rótulo de "temas emergentes". Entre ellos, se destacan los de José Zalaquett y Javier Cuso.

    Otro artículo que quiero destacar es el de Domingo Lovera, joven profesor de derecho de la Universidad Diego Portales, titulado "El informe de Chile ante el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: el papel del Derecho". Domingo, a través de las acciones que desarrolla la Clínica de Asuntos de Interés Público de la UDP, tiene una amplia experiencia y trayectoria en materia de transparencia y acceso a la información pública, por lo que me satisface ver que se incorpora su visión en este tipo de publicaciones.

    Otro artículo de interés es el de Maria Jose Eva, quien comenta un importante fallo desde el punto de vista de la Libertad de Expresión y el interés público (fallo Paez con Baraona).

    Finalmente, me parece de muchísmo interés el artículo "La democracia y el mal menor", de Michael Ignatieff, que se refiere a los límites morales en la lucha contra el terrorrismo. Esta es una materia que merece una gran reflexión, ya que la experiencia internacional de los últimos años nos ha demostrado que las razones de seguridad en muchos casos "pasan por arriba" de derechos que se pensaban que ya estaban consolidados, lo que sucedió -por ejemplo-, con la "ley patriota" norteamericana, que limitó los derechos civiles, y otras normativas que flexibilizaron la protección ambiental por razones de seguridad nacional.

    Teniendo presente esto último, no es impensable que las razones de seguridad (una de las causales que se incorporó en la reciente reforma constitucional, que habilita para declarar secretos actos y documentos públicos) el acceso a la información en Chile se vea limitado. Ésto último es lo que hace del todo procedente iniciar una discusión entre todos los sectores en relación a los alcances de la publicidad de la información, que sirva de base para construir un "código de buenas prácticas" en materia de secreto.

    Moisés Sánchez

    Artículos destacados

    El Informe de Chile ante el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales: El Papel del Derecho-Domingo Lovera P.

    Derechos Económicos, Sociales y Culturales: Observaciones finales del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: Chile (E/C.12/1/Add.105

    Fallo Páez con Baraona: Libertad de Expresión e Interés PúblicoMaría José Eva P.


    Las Convenciones de las Naciones Unidas y de la Organización de Estados Americanos contra la CorrupciónJosé Zalaquett D.

    Reunión Regional sobre Transparencia, Rendición de Cuentas y Lucha contra la Corrupción en América


    Mecanismo de Segumiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC Quinta reunión del Comité de Expertos del Mesicic

    A propósito de las leyes 19.963 y 19.964, que modifican la ley 19.884 sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto ElectoralJavier Couso S.


    --------------------

    Nota: se suprimieron tildes de este articulo para evitar problemas de visualizacion en distintos navegadores






    martes, agosto 16, 2005

    Rodrigo Egaña: Los avances en materia de transparencia en el gobierno del presidente Lagos

    Presentación efectuada por Rodrigo Egaña Baraona, subsecretario General de la Presidencia, en el encuentro del "Club de lectores de El Mercurio", realizado el 11.08.2005, en la que se detallan los principales avances legislativos en materia de transparencia del gobierno.-

    Moises Sanchez, en Cronologia del Secreto


    SANTIAGO, 16 de agosto de 2005, (Cronologia del Secreto).- Una excelente síntesis de los avances de los últimos avances en materia de transparencia y acceso a la información, es la que nos entregó Rodrigo Egaña en su presentación efectuada en "El Mercurio".

    En ella queda en evidencia la voluntad política del gobierno en avanzar en esta materia. Sin embargo, estos esfuerzos deben ser mirados sólo como la primera fase de un largo proceso de cambios, pues si bien es cierto el gobierno se ha dirigido a los distintos servicios entregándoles orientaciones en materia de transparencia; no lo es menos que éstas deben concretarse en un cambio conductual y cultural, que redimensione el espacio de lo público y de la participación ciudadana, lo que no va a suceder de inmediato.

    Por otra parte, al establecerse en las recientes reformas constitucionales que la calificación de secreto debe ser efectuada por medio de una ley de quorum calificado, restringiendose su procedencia sólo "cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, la seguridad de la nación o el interés nacional", se deja abierto un gran espacio para las definiciones de dichos indeterminados conceptos. Esto último amerita el inicio de un proceso de discusión pública que permita hacer visibles los consensos sociales respecto del nivel de publicidad que queremos, versus el nivel de secreto que es indispensable y necesario para no entorpecer la acción estratégica del país, cuya culminación sea un "código de buenas prácticas" en materia de acceso a la información pública.

    De esta manera, podremos dejar sentados los acuerdos básicos que las futuras leyes de secreto y reserva deberían tener en consideración al momento de ser aprobadas.

    Moisés Sánchez R.




    Ir a:


  • comunicado Segpres


  • Presentacion en power point



  • --------------------

    Nota: se suprimieron tildes de este articulo para evitar problemas de visualizacion en distintos navegadores






    Carta al Director: Acceso a la información

    Carta publicada en "la Tercera", en la que se hacen precisiones en relación a la actuación del gobierno en materia de transparencia

    Señor director:

    Algunos medios de prensa han informado que el ministro secretario general de la Presidencia, Eduardo Dockendorff, ofició a los diferentes servicios públicos para que revisen sus criterios para que sus actos sean transparentes. Ello, para que exista coherencia con las reformas constitucionales que disponen que el secreto sólo se justifica cuando lo permite una ley de quórum calificado. Sin embargo, eso debe ser complementado, ya que el cambio experimentado por el gobierno está motivado por el dictamen Nº 49883 del 4 de octubre de 2004 de la Contraloría General de la República, el cual estableció la ilegalidad de más de 50 resoluciones de secreto y reserva emanadas de ministerios, seremis y otros, ordenándose a esas reparticiones que las modificaran a la brevedad.

    Por diferentes vías, los abogados Juan Pablo Olmedo, de ProAcceso a la Información Pública, y Moisés Sánchez, representando a algunas organizaciones de la sociedad civil, una de las cuales es la nuestra, le exigieron al gobierno que sus servicios públicos acataran el contundente dictamen de la Contraloría. Por ello, finalmente el ministro, mediante su ORD (DJ) Nº 914 del 2 de agosto pasado, orienta a los anteriores en materia de transparencia y publicidad.

    Chile se está transformando para bien en materias de acceso pleno a la documentación pública, gracias a la movilización de ciertas organizaciones sin fines de lucro que creen en la democracia a toda prueba.

    Patricio Herman P.
    Agrupación Defendamos la Ciudad

    Publicado en "La Tercera" 12.08.2005
    ir a artículo (suscriptores)

    martes, agosto 09, 2005

    Reciente modificación a la Ley de Municipalidades produjo derogación tácita de los reglamentos de secreto dictados por las Municipalidades

    Esa fue la respuesta de la Municipalidad de Santiago a la solicitud ciudadana de dejar sin efecto el Decreto 205/2004 que establecía el secretismo de los instrumentos de planificacion territorial en dicha entidad edilicia.
    Con satisfacción recibí el dia de hoy la respuesta a la
    solicitud que presentamos el día 13 de julio junto con Patricio Herman, de la agrupación "Defendamos la Ciudad", en la que solicitabamos al alcalde Raúl Alcaíno la apertura de un procedimiento administrativo de invalidación del Decreto 205/2004 de dicha Municipalidad, que establecia el secreto de los instrumentos de planificación territorial, entre otras importantes materias.
    Esta llegó a través de la carta respuesta Nº 1136/2005, de 08.08.2005, y en ella se señala, que "Luego del análisis respectivo y considerando lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 98, de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, modificado por el artículo 5º, número 13, de la Ley Nº 20.033, en el sentido de que: 'la información y documentos municipales son públicos', se consideró que produjo la derogación tácita del Reglamento Municipal Nº 205, sobre Actos y Documentos Declarados Secretos o reservados, de fecha 25 de febrero de 2004, publicado en el Diario Oficial el día martes 2 de marzo del mismo año. Sin perjuicio de lo anterior, se procederá a derogar explícitamente el Reglamento aludido"
    Lo anterior constituye un importante precedente en la aplicación de la normativa de transparencia municipal contenidos en la Ley Nº 20.033, publicada el 1º de julio del presente año. En lo pertinente, dicha ley agrega el siguiente inciso segundo al artículo 98 de la Ley 18.695, que se refiere a la oficina de partes municipal:
    "La información y documentos municipales son públicos. En dicha oficina deberán estar disponibles, para quien los solicite, a lo menos los siguientes antecedentes:
    a) El plan comunal de desarrollo, el presupuesto municipal y el plan regulador comunal con sus correspondientes seccionales, y las políticas específicas.
    b) El reglamento interno, el reglamento de contrataciones y adquisiciones, la ordenanza de participación y todas las ordenanzas y resoluciones municipales.
    c) Los convenios, contratos y concesiones.
    d) Las cuentas públicas de los alcaldes en los últimos 3 años.
    e) Los registros mensuales de gastos efectuados al menos en los últimos dos años.".
    De esta manera, la nueva normativa municipal viene a "cerrar espacios" al secretismo imperante en muchas de estas institucionale edilicias, y de paso pone de manifiesto la contradicción existente entre esta nueva normativa, y el reglamento de secreto y reserva de los actos y documentos públicos (Dto. 26/2001 Minsegpres), lo que es un argumento más para proceder a su completa revisión una vez que sean aprobadas las reformas constitucionales el próximo 16 de agosto, una de cuyos aspectos se refiere a que las causales de secreto sólo pueden ser establecidas por ley de quorum calificado.
    Lo anterior conduce inevitablemente a estimar que tambien se encuentra derogados tácitamente los reglamentos de secreto dictados por otras 9 municipalidades a nivel nacional:
    Coronel, Caldera, Padre Las Casas, Pucon, Hualqui, Quillota, Lo Espejo, Lo Prado y Limache.
    De esta manera, creo que se ha dado un nuevo e importante paso en la erradicación del secretismo en las instituciones públicas, el que gracias a la acción ciudadana concertada, ya había logrado recientemente que el gobierno central, a través de Segpres, enviara un oficio a todas las reparticiones y sericios con directrices en materia de transparencia pública (Oficio 914-2005/ Segpres).
    Todo lo anterior viene a anticipar la inminente "caída" del Dto. 26/2001, lo que deja en evidencia la necesidad de abrir un debate en relación a un código de buenas prácticas en materia de secreto. ******* FIN *********
    Texto de la carta de respuesta:

    l. Municipalidad de Santiago
    Secretaría Municipal

    CARTA N° 1136-2005
    SANTIAGO, - 8 AGO 2005

    Señores
    Patricio Herman Pacheco,
    Moisés Sánchez Riquelme
    Miraflores N°249 - 7° Piso - Oficina 72-8
    Santiago
    PRESENTE

    De mi consideración:

    En atención a lo planteado en su presentación Ingresada en nuestra Oficina de Partes de Alcaldía con fecha 13 de julio ppdo., el suscrito se permite informar a Uds. lo siguiente:

    Luego del análisis respectivo y considerando lo dispuesto en el inciso segundo del Artículo 98°, de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, modificado por el Artículo 5°, número 13, de la Ley N° 20.033, en el sentido de que: "La información y documentos municipales son públicos", se consideró que produjo la derogación tácita del Reglamento Municipal N° 205, sobre Actos y Documentos Declarados Secretos o Reservados, de fecha 25 de febrero de 2004, publicado en el Diario Oficial, el día martes 2 de marzo del mismo año.

    Sin perjuicio de lo anterior, se procederá a derogar explícitamente el Reglamento aludido.

    Saluda atentamente a Ud.,

    RAÚL ALCAíNO LlHN
    ALCALDE DE SANTIAGO
    tbp.
    02.08.2005
    Ing. Alc. 4341/05
    Ver ademas:

    jueves, agosto 04, 2005

    Segpres da orientaciones en materia de transparencia y publicidad de los actos públicos

    Mediante el oficio Nº 914 de 02.08.2005, Segpres comunicó a todos los servicios su nueva visión de lo que deberán ser las prácticas públicas en materia de secreto
    El día de ayer llegó a nuestras manos el oficio de respuesta de Segpres a nuestra solicitud, en el que vimos con gran satisfacción una fuerte señal en pro de la trasparencia para todos los servicios públicos. Estas se concretaron en una serie de recomendaciones a los servicios en orden a adecuar desde ya su normativa de secreto a los nuevos escenarios constitucionales y legales.
    En efecto,
    en dicho oficio (ORD(DJ) 925 023/08/2005), después de ciertas consideraciones procesales, se nos señala expresamente que las últimas reformas constitucionales, así como el proyecto de ley de acceso a la información de los senadores Larraín y Gazmuri "implicará, una vez que entren en vigencia, la derogación de las resoluciones de secreto y reserva, toda vez que establecen que dicha declaración solamente la puede hacer el legislador, no la autoridad administrativa".
    Además, se nos remitió copia del ORD (DJ) 914 de 02/08/2005, relativo a orientaciones de política en materia de transparencia, que se envio a todas las reparticiones públicas involucradas, en el cual se reitera la idea anterior, agregando que:
    "El texto de la nueva disposición constitucional, y el contenido del proyecto de ley mencionado expresan con fidelidad la orientación política que el Gobierno sustenta en materia de publicidad y acceso a la información administrativa"
    "Por ello, y ante la necesidad de prepara a los organismos de la administración para el nuevo escenario normativo descrito, se ha estimado conveniente comunicar formalmente a Ud. la orientación que deberá presidir la actuación administrativa en materia de publicidad y transparencia, a objeto que se proceda desde ya, a revisar los criterios aplicados y a definir las estrategias e instrumentos de gestión que permitan la estricta observancia de dichos principios, velando siempre por la mayor publicidad y transparencia posibles"

    A mi entender, este oficio es sólo el principio, y constituye la base de lo que debe ser un código de buenas prácticas en materia de secreto, aspecto en el cual estamos dispuestos a avanzar con el gobierno. En este sentido, esperamos que este primer paso constituya el inicio del proceso de adecuación de nuestra normativa interna relativa a información pública, a fin de ajustarla a las recomendaciones efectuadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a principios de este año: Chile no se merece una legislación tan anacrónica y contraria a los sanos estandares internacionales.
    No puedo dejar pasar esta ocasión sin reconocer el esfuerzo de todas las organizaciones ciudadanas solicitantes (Defendamos la Ciudad, Oceana, Ecoceanos, Ciudad Viva, Fundacion Terram), las cuales apoyaron en todo momento y de manera decidida, esta campaña contra el secretismo, iniciada el año 2003 a propósito de la impugnación efectuada en la Contraloría de 50 resoluciones de secreto que, en definitiva, fueron declaradas en su mayor parte ilegales por dicho instituto en octubre de 2004 por medio del dictamen 49883. Además, quiero destacar tambien el importante rol jugado por
    el subsecretario de Segpres, Rodrigo Egaña Barahona, quien se manifestó en todo momento muy llano, no sólo a escuchar, sino a proponer alternativas de solución a nuestro requerimiento. Por último, tambien debo agradecer el apoyo de todos aquellos quienes, de manera anónima, colaboraron en todo momento con estas gestiones.
    Sin duda alguna, a partir de este momento, se puede decir que están sentadas las bases de un "nuevo trato" entre las autoridades y la ciudadanía, lo que permitirá construir de manera conjunta una sociedad más participativa y realmente democrática.
    *******FIN**********
    Texto del oficio con recomedaciones a los servicios (bajar en PDF aqui)
    REPUBLICA DE CHILE
    Ministerio
    Secretaría General de la Presidencia

    ORD (DJ) N° 914
    ANT.: No hay.
    MAT.: Comunica orientaciones en materia de transparencia y publicidad de los actos de la Administración.
    SANTIAGO, O 2 AGO. 2005

    DE:EDUARDO DOCKENDORFF VALLEJOS
    MINISTRO SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA
    PRESIDENTE CONSEJO DIRECTIVO CONAMA
    A:SEGÚN DISTRIBUCiÓN

    1.Uno de los ejes del Gobierno del Presidente Hicardo Lagos, al igual que de los anteriores gobiernos de la Concertación, ha sido el constante y progresivo perfeccionamiento de nuestro sistema democrático, tarea en la que resulta esencial alcanzar mayores niveles de participación ciudadana responsable en todos los ámbitos de la gestión pública. Para el desarrollo de tal participación, han sido determinantes los instrumentos normativos y políticos dispuestos para reforzar la apertura y publicidad de la actividad de los organismos de la Administración.
    2.La tarea de la transparencia no está concluida sino en desarrollo permanente, enfrentando al Estado a una continúa revisión de sus procesos y actividades. En este contexto, el Gobierno ha venido impulsando un conjunto de iniciativas tendientes a concretar un nuevo y decisivo avance en materia de transparencia de la función pública y acceso a la información administrativa.
    3. En primer término, las reformas constitucionales promovidas por el Gobierno y recientemente despachadas por el Congreso Nacional, marcarán un hito en materia de transparencia y acceso a la información del Estado, al consagrar dichos principios en el propio texto de la Constitución y al establecer que el secreto o reserva de la información del Estado sólo podrá establecerse por leyes de quórum calificado.
    4.La nueva disposición constitucional es del siguiente tenor:
    "Artículo 8°.- El ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones.
    Son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utiliceln. Sin embargo, sólo una ley de quórum calificado podrá establecer la reserva o secreto de aquello o de éstos, cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional. ".
    5.De este modo, con la reforma constitucional, Chile habrá dado un paso decisivo en materia de acceso a la información del Estado, eliminando definitivamente de nuestro sistema, los secretos o reservas reglamentarios. Sólo aquello que la ley califique como reservado podrá tener tal condición y la regla general será el carácter público de la información, regla que se aplicará tanto a la Administración como a todos los órganos del Estado, incluidos el Congreso Nacional, el Poder Judicial, el Banco Central, etc.
    6.En paralelo a las reformas constitucionales, el Gobierno ha colaborado con los Senadores Larraín y Gazmuri en la moción que ellos presentaron para modificar la regulación legal que actualmente rige para el acceso a la información administrativa. Dicha colaboración se ha concretado en el explícito respaldo a la idea de legislar planteado por el Ejecutivo, en impulsar su tramitación haciendo presente la urgencia simple, y en la activa participación del Gobierno en la discusión del proyecto.
    7.Con la aprobación de esta iniciativa legal se logrará consagrar y reforzar el derecho de acceso de los ciudadanos a los actos y documentos de la Administración, suprimir las trabas administrativas que puedan subsistir y promover la mayor publicidad de la acción de los órganos de la Administración. Asimismo, los casos de reserva o secreto quedarán establecidos directamente en la ley y circunscritos únicamente a los internacionalmente aceptados, esto es, defensa nacional y seguridad pública, derecho a la privacidad de personas individuales, y funcionamiento de las instituciones.
    8.La vigencia de las disposiciones señaladas exigirá nuevos ajustes al funcionamiento de los organismos de la Administración del Estado, los que requerirán procesos formativos, adecuación de las conductas institucionales, así como la implementación de instrumentos de gestión idóneos que permitan la aplicación de dicha normativa.
    9. Sin perjuicio que dichas normas no entrarán en vigencia en tanto no se concluya su proceso formativo, el texto de la nueva disposición constitucional y el contenido del proyecto de ley mencionado expresan con fidelidad la orientación política que el Gobierno sustenta en materia de publicidad y acceso a la información Administrativa.
    10. Por ello y ante la necesidad de preparar a los organismos de la Administración para el nuevo escenario normativo descrito, se ha estimado conveniente comunicar formalmente a Ud. la orientación que deberá presidir la actuación administrativa en materia de publicidad y transparencia, a objeto que se proceda desde ya, a revisar los criterios aplicados y a definir las estrategias e instrumentos de gestión que permitan la estricta observancia de dichos principios, velando siempre por la mayor publicidad y transparencia posibles.
    11. Solicito a Ud. transmitir esta comunicación a todos los servicios públicos dependientes y relacionados con esa cartera.
    Saluda atentamente a V.E.
    Eduardo Dockendroff Vallejos
    Ministro
    Secretario General de la Presidencia
    REB/SRZ/cfu
    Distribución:

    1.Señor Ministro del Interior
    2.Señor Ministro de Relaciones Exteriores
    3.Señor Ministro de Defensa Nacional
    4.Señor Ministro de Hacienda
    5.Señor Ministro Secretario General de la Presidencia
    6.Señor Ministro Secretario General de Gobierno
    7.Señor Ministro de Economía, Fom. y Reconstrucción
    8.Señora Ministra de Planificación y Cooperación
    9.Señor Ministro de Educación
    10.Señor Ministro de Justicia
    11.Señor Ministro del Trabajo y Previsión Social
    12.Señor Ministro de Obras Públicas
    13.Señor Ministro de Salud
    14. Señora Ministra de Vivienda y Urbanismo
    15. Señor Ministro de Agricultura
    16. Señor Ministro de Minería
    17. Señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones
    18. Señora Ministra de Bienes Nacionales
    19. Señor Ministro Pdte. de la Como Nac. de Energia
    20. Señora Ministra Directora del Servicio Nacional de la Mujer
    21. Señor Ministro Pdte. del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes
    22. Señor Subsecretario del Interior
    23. Señora Subsecretaria de Des. Reg. y Adm.
    24. Señor Subsecretario de Relaciones Exteriores
    25. Señor Subsecretario de Guerra
    26. Señor Subsecretario de Marina
    27. Señor Subsecretario de Aviación
    28. Señor Subsecretario de Carabineros
    29. Señor Subsecretario de Investigaciones
    30. Señora Subsecretaria de Hacienda
    31. Señor Subsecretario General de la Presidencia
    32. Señor Subsecretario General de Gobiemo
    33. Señor Subsecretario de Economia
    34. Señor Subsecretario de Pesca
    35. Señor Subsecretario de Planificación y Cooperación
    36. Señora Subsecretaria de Educación
    37. Señor Subsecretario de Justicia
    38. Señor Subsecretario del Trabajo
    39. Señora Subsecretaria de Previsión Social
    40. Señor Subsecretario de Obras Públicas
    41. Señora Subsecretaria de Salud
    42. Señor Subsecretario de Redes Asistenciales
    43. Señora Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo
    44. Señor Subsecretario de Agricultura
    45. Señor Subsecretario de Minería
    46. Señor Subsecretario de Transportes
    47. Señora Subsecretaria de Bienes Nacionales
    48. Señor Subsecretario de Telecomunicaciones
    49. Señor Secretario Ejecutivo Como Nac. Energia
    50. Señora Subdirectora Serv. Nac. de la Mujer
    51. Señor Director de ChileDeportes
    52. Señor Subdirector del Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes
    53 Señor !l'Ctem!ente de la Región de Tarapacá
    54. Señor Intendente de la Región de Antofagasta
    55. Señor Intendente de la Región de Atacama
    56. Señor Intendente de la Región de Coquimbo
    57. Señor Intendente de la Región de Valparaíso
    58. Señor Intendente de la Región del Libertador General Bernado O'Higgins
    59. Señor Intendente de la Región del Maule
    60. Señor Intendente de la Región del Bio Bío
    61. Señor Intendente de la Región de la Araucanía
    62. Señor Intendente de la Región de Los Lagos
    63. Señor Intendente de la Región de Aysén del General Carios Ibáñez del Campo
    64. Señor Intendente de la Región de Magallanes y de la Antártic;a Chilena
    65. Señora Intendente de la Región Metropolitana
    66. GAB. PRES. (Of. de Partes)
    67. (DJ) MINSEGPRES
    68. Of. De Partes MINSEGPRES

    Comunicado de Prensa Proacceso

    Chile avanza hacia la erradicación del secretismo en la administración pública

    Gobierno envió instrucciones a todas las oficinas para que revisen las normativas que establecen cuáles son los documentos y antecedentes que quedan al margen del conocimiento de la ciudadanía.
    Laureano Checa


    Mediante un oficio de la Secretaría General de la Presidencia, el Ejecutivo instruyó a todas las dependencias administrativas que modifiquen sus normativas internas de secreto y reserva, lo que en la práctica debería significar que haya un número mucho más reducido de materias que queden fuera del conocimiento de la ciudadanía.
    La medida gubernamental responde a la necesidad de adecuar las resoluciones y decretos de los distintos servicios al nuevo escenario que se planteará tras la aprobación de las reformas constitucionales. El reconocimiento en la Carta Magna del Derecho de Acceso a la Información Pública hace necesaria la modificación Decreto Supremo nº 26/2001, el cual permite que los encargados de cada servicio público determinen discrecionalmente qué materias quedarán fuera del escrutinio público.
    Lo anterior alude a la incorporación de un nuevo artículo 8 en la Carta Magna, el cual indica que “son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen. Sin embargo, sólo una ley de quórum calificado podrá establecer la reserva o secreto de aquéllos o de éstos, cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional”.
    La exigencia de fijar por ley las causales por las cuales una información sería considerada reservada o secreta ya estaba recogida en el Proyecto de Ley sobre Acceso a la Información Pública propuesto por los senadores Hernán Larraín y Jaime Gazmuri. La iniciativa, incluida en la Agenda de Transparencia, está actualmente en discusión en la comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización de la Cámara alta.
    El oficio nº 914/2005 viene a solucionar el problema generado por las más de 90 resoluciones administrativas que desde el año 2001, diversas oficinas públicas comenzaron a dictar, y en las cuales se declaraba secreta información de relevancia para la ciudadanía, imponiendo una prohibición de acceder a dichos antecedentes por un período de 20 años, y expresas limitaciones a la prensa para difundirlos. Esta restrictiva normativa se basaba en el reglamento sobre esta materia que publicó este mismo ministerio en 2001 (DS 26/2001 Minsegpres). La nueva postura del gobierno, además, contribuye a hacer cumplir las instrucciones emitidas por la Contraloría General de la República mediante dictamen 49883 del 04 de octubre de 2004, en las que estableció la ilegalidad de estas resoluciones, ordenándose a estas reparticiones modificarlas a la brevedad.
    La solicitud fue redactada por el abogado ambientalista Moisés Sánchez R., y fue suscrito por Patricio Herman, de la agrupación "Defendamos la Ciudad"; Juan Carlos Cárdenas, del "Centro Ecocéanos"; Lake Sagaris, de la organización ciudadana "Ciudad Viva"; Marcel Claude, de "Oceana"; y Rodrigo Pizarro, de la Fundación "Terram", contando con el apoyo de otras organizaciones sociales y ciudadanas.
    Significativo cambio
    Como "una de las victorias más importantes de los últimos años en el ámbito de los derechos ciudadanos y acceso a información" fue calificada por organizaciones de la sociedad civil la respuesta entregada por el Ministro Secretario General de la Presidencia, Eduardo Dockendorff, a la solicitud para que se tomen medidas en contra de la creciente cantidad de resoluciones gubernamentales que establecen el secreto de información estatal que, por su propia naturaleza, es de carácter público.
    Esta respuesta fue entregada a través del oficio Nº 925/2005 de la Secretaría General de la Presidencia (Minsegpres), y en ella se destaca que las últimas reformas constitucionales, así como el proyecto de ley de acceso a la información de los senadores Hernan Larraín y Jaime Gazmuri, implicarán, una vez que entren en vigencia, "la derogación de las resoluciones de secreto y reserva, toda vez que establecen que dicha declaración solamente la puede hacer el legislador, no la autoridad administrativa".
    Además, agrega el texto del Minsegpres, que para dicho efecto, se envió un oficio con recomendaciones a todos los servicios públicos, el que fue incorporado dentro de la contestación de la autoridad para conocimiento de la ciudadanía.
    Dichas recomendaciones (oficio Nº914/2005 Minsegpres), señalan que "el texto de la nueva disposición constitucional y el contenido del proyecto de ley mencionado, expresan con fidelidad la orientación política que el Gobierno sustenta en materia de publicidad y acceso a la información administrativa."
    Por ello, y ante la necesidad de preparar a los organismos de la administración para el nuevo escenario normativo, el gobierno comunicó formalmente "la orientación que deberá presidir la actuación administrativa en materia de publicidad y transparencia, a objeto que se proceda desde ya, a revisar los criterios aplicados y a definir las estrategias e instrumentos de gestión que permitan la estricta observancia de dichos principios, velando siempre por la mayor publicidad y transparencia posibles"
    Sociedad Civil aplaude decisión
    Moisés Sánchez, redactor de la presentación, afirmó que "este oficio es solo el principio, y constituye la base de lo que debe ser un código de buenas prácticas en materia de secreto, aspecto en el cual estamos dispuestos a avanzar con el gobierno".
    El presidente de Pro Acceso, Juan Pablo Olmedo, describió la actitud del Gobierno como “muy positiva” e indicó que la decisión de corregir el rumbo marcado por el Decreto nº26 es un significativo avance en materia de transparencia y control ciudadano. Advirtió que este tipo de medidas contribuyen enormemente a la imagen que proyecta el Ejecutivo hacia la ciudadanía y el país hacia el exterior.
    Matías Guiloff, abogado de la organización Oceana, indicó que este oficio "es un paso hacia delante en la consagración de un derecho de acceso a la información pública que garantice la participación ciudadana".
    En este mismo sentido, Lake Sagaris, Presidenta la la organización ciudadana Ciudad Viva felicitó "a las organizaciones y las personas que han trabajado duramente para lograr este avance de parte del gobierno y al gobierno mismo por un cambio de actitud que se refleja en estas nuevas provisiones legales. El derecho a la información es un derecho fundamental para el sano y efectivo funcionamiento de la democracia, y requiere - además de los reglamentos -una fuerte voluntad de parte de las autoridades públicas de hacerlo realidad en cada una de sus acciones."Esperamos –agregó Sagaris- que esto sea el primer paso hacia un gran cambio en las actitudes y acciones cotidianas, que es donde este tipo de provisión realmente se pone a prueba."
    Por su parte, Rodrigo Pizarro, Director Ejecutivo de Fundación Terram valoró "la postura del gobierno en promover y proteger el libre acceso a la información de todos los organismos públicos del Estado por parte de cualquier ciudadano. Creemos que esta es la mejor forma de promover la participación ciudadana, empoderando a las personas con el fin de que puedan formarse una opinión fundada, influir en las políticas públicas y fiscalizar el correcto funcionamiento de las instituciones."Sin embargo -agrego Pizarro-, esperamos que la aprobación de la ley que avala el Acceso a la Información Pública se concrete lo antes posible, para que esta declaración por parte del Ejecutivo no quede sólo en las buenas intenciones".
    Por su parte el Centro Ecoceanos afirmó que "los reclamos de las organizaciones ciudadanas y el trabajo cooperativo entre las ONGs y especialistas en estas materias lograron que el Estado se vea obligado a modificar estas añeja práctica de secretismo estatal"."Acceder a información oportuna, veraz y de calidad es uno de los pilares del trabajo de las organizaciones ciudadanas y una sociedad moderna, un Estado moderno no tiene justificaciones para prohibir el acceso a información. Es un paso más hacia la transparencia, la democratización de nuestra sociedad y la conquista de estos necesaria nueva generación de derechos ciudadanos", dijo el Centro Ecoceanos.

    Más informaciones
    Oficio nº 925/2005
    Oficio nº 914/2005
    Será modificada la norma que ampara el secretismo en Chile
    Secretismo en Chile: Revisión de la práctica administrativa 2001-2005
    Moisés Sánchez: Secretismo en contratos
    Organizaciones ciudadanas exigen modificar normas que amparan el secretismo en la administración pública
    Decreto nº 26/2001
    Rodrigo Egaña: Transparencia y probidad en los gobiernos de la Concertación
    Ver blog de Moisés Sánchez

    Comunicado de Prensa

    Secretismo en actos públicos:

    GOBIERNO RECAPACITA Y MODIFICA SU POSTURA SOBRE EL ACCESO CIUDADANO A INFORMACIÓN PÚBLICA

    A consecuencia de la presión de organizaciones ciudadanas -quienes han exigido al Gobierno que se respete el acceso a información pública modificando la normativa que fomenta la cultura del secretismo- la Secretaría General de la Presidencia accedió a limitar las restricciones que existen para acceder a la información pública, informándonos que, con motivo de las próximas reformas constitucionales y legales, éstas serán, en su mayor parte, eliminadas.

    Bajar oficio en PDF aqui

    Santiago de Chile, 04 de agosto de 2005 .— Como "una de las victorias más importantes de los últimos años en el ámbito de los derechos ciudadanos y acceso a información" fue calificada por organizaciones de la sociedad civil la respuesta entregada por el Ministro Secretario General de la Presidencia, Eduardo Dockendorff, a la solicitud para que se tomen medidas en contra de la creciente cantidad de resoluciones gubernamentales que establecen el secreto de información estatal que, por su propia naturaleza, es de carácter público.

    Esta respuesta fue entregada a través del oficio Nº 925/2005 de la Secretaría General de la Presidencia (Minsegpres), y en ella se destaca que las últimas reformas constitucionales, así como el proyecto de ley de acceso a la información de los senadores Hernan Larraín y Jaime Gazmuri, implicarán, una vez que entren en vigencia, "la derogación de las resoluciones de secreto y reserva, toda vez que establecen que dicha declaración solamente la puede hacer el legislador, no la autoridad administrativa".

    Con ello, se hace referencia a la nueva disposición constitucional, aún por aprobarse, que eleva a rango constitucional el derecho de acceder a información de oficinas estatales, obligando a establecer sólo mediante Ley los casos específicos de secreto o reserva. Además, agrega el texto del Minsegpres, que para dicho efecto, se envió un oficio con recomendaciones a todos los servicios públicos, el que fue incorporado dentro de la contestación de la autoridad para conocimiento de la ciudadanía.

    Dichas recomendaciones (oficio Nº914/2005 Minsegpres), señalan que "el texto de la nueva disposición constitucional y el contenido del proyecto de ley mencionado, expresan con fidelidad la orientación política que el Gobierno sustenta en materia de publicidad y acceso a la información administrativa."

    Por ello, y ante la necesidad de preparar a los organismos de la administración para el nuevo escenario normativo, el gobierno comunicó formalmente "la orientación que deberá presidir la actuación administrativa en materia de publicidad y transparencia, a objeto que se proceda desde ya, a revisar los criterios aplicados y a definir las estrategias e instrumentos de gestión que permitan la estricta observancia de dichos principios, velando siempre por la mayor publicidad y transparencia posibles"

    CAMBIOS OCURRIERON POR ACCIÓN CIUDADANA
    Este oficio viene a solucionar el problema generado por las más de 90 resoluciones administrativas que desde el año 2001, diversas oficinas públicas comenzaron a dictar, y en las cuales se declaraba secreta información de relevancia para la ciudadanía, imponiendo una prohibición de acceder a dichos antecedentes por un período de 20 años, y expresas limitaciones a la prensa para difundirlos. Esta restrictiva normativa se basaba en el reglamento sobre esta materia que publicó este mismo ministerio en 2001 (DS 26/2001 Minsegpres).La nueva postura del gobierno, además, contribuye a hacer cumplir las instrucciones emitidas por la Contraloría General de la República mediante dictamen 49883 del 04 de octubre de 2004, en las que estableció la ilegalidad de estas resoluciones, ordenándose a estas reparticiones modificarlas a la brevedad.

    La solicitud fue redactada por el abogado ambientalista
    Moisés Sánchez R., y fue suscrito por Patricio Herman, de la agrupación "Defendamos la Ciudad"; Juan Carlos Cárdenas, del "Centro Ecocéanos"; Lake Sagaris, de la organización ciudadana "Ciudad Viva"; Marcel Claude, de "Oceana"; y Rodrigo Pizarro, de la Fundación "Terram", contando con el apoyo de otras organizaciones sociales y ciudadanas.

    Moisés Sánchez, redactor de la presentación, afirmó que "este oficio es solo el principio, y constituye la base de lo que debe ser un código de buenas prácticas en materia de secreto, aspecto en el cual estamos dispuestos a avanzar con el gobierno". Destacó además la excelente disposición de dicha cartera, especialmente del subsecretario Rodrigo Egaña Barahona, quien "se manifestó en todo momento muy llano, no sólo a escuchar, sino a proponer alternativas de solución a nuestro requerimiento".

    Por otra parte, Patricio Herman, de la agrupación
    Defendamos la Ciudad
    , destacó el valor de dicho oficio, agregando que "nuestra agrupación reconoce muy positivamente la ardua labor del abogado Moisés Sánchez, quien ha seguido este caso desde el año 2002, y que con sus análisis jurídicos ha contribuido a que el gobierno enmiende el rumbo en materias tan importantes como la información publica".

    NUEVA GENERACIÓN DE DERECHOS CIUDADANOS
    Matías Guiloff, abogado de la organización Oceana , indicó que este oficio "es un paso hacia delante en la consagración de un derecho de acceso a la información pública que garantice la participación ciudadana".

    En este mismo sentido, Lake Sagaris, Presidenta la la organización ciudadana Ciudad Viva felicitó "a las organizaciones y las personas que han trabajado duramente para lograr este avance de parte del gobierno y al gobierno mismo por un cambio de actitud que se refleja en estas nuevas provisiones legales. El derecho a la información es un derecho fundamental para el sano y efectivo funcionamiento de la democracia, y requiere - además de los reglamentos -una fuerte voluntad de parte de las autoridades públicas de hacerlo realidad en cada una de sus acciones."Esperamos –agregó Sagaris- que esto sea el primer paso hacia un gran cambio en las actitudes y acciones cotidianas, que es donde este tipo de provisión realmente se pone a prueba."

    Por su parte, Rodrigo Pizarro, Director Ejecutivo de Fundación Terram valoró "la postura del gobierno en promover y proteger el libre acceso a la información de todos los organismos públicos del Estado por parte de cualquier ciudadano. Creemos que esta es la mejor forma de promover la participación ciudadana, empoderando a las personas con el fin de que puedan formarse una opinión fundada, influir en las políticas públicas y fiscalizar el correcto funcionamiento de las instituciones."Sin embargo -agrego Pizarro-, esperamos que la aprobación de la ley que avala el Acceso a la Información Pública se concrete lo antes posible, para que esta declaración por parte del Ejecutivo no quede sólo en las buenas intenciones".

    Por su parte el Centro Ecoceanos afirmó que "los reclamos de las organizaciones ciudadanas y el trabajo cooperativo entre las ONGs y especialistas en estas materias lograron que el Estado se vea obligado a modificar estas añeja práctica de secretismo estatal"."Acceder a información oportuna, veraz y de calidad es uno de los pilares del trabajo de las organizaciones ciudadanas y una sociedad moderna, un Estado moderno no tiene justificaciones para prohibir el acceso a información. Es un paso más hacia la transparencia, la democratización de nuestra sociedad y la conquista de estos necesaria nueva generación de derechos ciudadanos", dijo el Centro Ecoceanos.*****FIN*****

    Teléfonos de contacto:
    Patricio Herman 2330321
    Fundación Terram: 269 44 99

    lunes, agosto 01, 2005

    Segpres responderá a la ciudadanía

    El subsecretario de Segpres, Rodrigo Egaña, nos confirmó que el oficio con recomendaciones a los servicios en materia de secreto estará listo dentro de estos dias.
    En la mañana de hoy, Rodrigo Egaña nos confirmó vía correo electrónico que espera tener lista dentro de "estos dias" la contestación a nuestra solicitud de fecha 3 de junio de 2005, en la cual pedimos se hicieran cumplir las instrucciones de la Contraloría contenidas en el dictamen 49883 de 4/10/2004, que ordenó a diversos servicios que procedieran a modificar sus resoluciones de reserva o secreto por exceder sus disposiciones la normativa vigente.
    Dentro de dicha contestación, y tal como se acordó en una reunion previa sostenida con dicha autoridad, se contendrá el texto de un oficio que será enviado por Segpres a todos los servicios que han dictado resoluciones de este tipo, en el cual se señalarán una serie de recomedaciones y orientaciones de política en materia de secreto, a fin de que sea utilizados por éstos como una guia en el proceso de modificación de este tipo de resoluciones.
    Con la emisión de este oficio, sumado al debido control ciudadano, se espera poder limitar el ámbito del secretismo en Chile, y avanzar hacia el desarrollo de un código de buenas prácticas en esta materia.