Victoria contra la opacidad
Gobierno confirma derogación de restricciones a la información públicaMinistro Dockendorff informó mediante un oficio que unas 100 resoluciones de secreto y reserva dictadas por órganos de la administración del Estado carecen de validez. Pro Acceso advierte la existencia de un vacío en la legislación.
SANTIAGO, 14 de diciembre de 2005 (Procceso).- El Gobierno confirmó que ninguna dependencia estatal tiene justificación para negar el acceso de la ciudadanía a la información que está en su poder, puesto que las más de 100 resoluciones de secreto y reserva dictadas por servicios públicos y municipalidades carecen de validez legal desde la entrada en vigencia de las reformas constitucionales.
Mediante el
oficio Nº 1.650 de la Secretaría General de la Presidencia, fechado el 12 de diciembre de 2005, el ministro Eduardo Dockendorff explicitó que la publicación de las reformas constitucionales, que incluyen el nuevo artículo 8º que establece que “son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen”, implicó la derogación tácita de todas las resoluciones de secreto y reserva.
Ello porque tanto estas normativas como Decreto Supremo No.26, que faculta a cada dependencia de la administración pública a determinar de forma discrecional qué materias serán consideradas secretas o reservadas, perdieron vigencia con la entrada en vigor del nuevo articulado constitucional, el 26 de agosto de 2005.
No obstante lo anterior, la falta de un pronunciamiento explícito por parte del Ejecutivo originó cierta incertidumbre, que incluso llevó a tres dependencias a dictar resoluciones de secreto o reserva con posterioridad a las reformas a la Carta Magna. Se trata del Decreto Alcaldicio Nº 5062 I. Municipalidad de San Bernardo (06/09/2005); la Resolución Exenta Nº 5 del 3 de octubre de este año de la Subsecretaria de Marina y la
Resolución Exenta Nº 841 del 15 de noviembre de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile.
La declaración del Gobierno y el envío a la Contraloría General de la República de un decreto para derogar expresamente el DS. 26 son aportes fundamentales para “generar certeza jurídica” (tal como indica el oficio), eliminando cualquier interpretación equívoca en torno a los esfuerzos por erradicar el secretismo de la administración pública.
Grandes avances
El oficio Nº 1.650 de la Secretaría General de la Presidencia fue redactado en respuesta a la presentación efectuada el 29 de noviembre de 2005 por un grupo de ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil encabezadas por Pro Acceso, donde se solicitaba al ministro Dockendorff que derogue el DS No.26 y se denunciaba la existencia de tres resoluciones de secreto y reserva dictadas con posterioridad a las reformas constitucionales. El petitorio fue presentado por Moisés Sánchez en representación de Pro Acceso, y contó con el apoyo de la Corporación Participa y del Foro Chileno por la Libertad de Expresión.
El documento observó “que el mencionado Reglamento se encuentra derogado tácitamente por el artículo 8º de la Constitución” y precisó que al momento de entregarse la petición ciudadana, el decreto que anula el DS. Nº 26 “ya se encontraba en tramitación, faltando sólo su suscripción por el Presidente de la República”.
Moisés Sánchez estimó que la respuesta del Gobierno constituye una importante victoria ciudadana porque “acoge la tesis de la vigencia inmediata de la reforma constitucional” planteada en el petitorio y consideró “un gran logro” el haber conseguido un pronunciamiento explícito respecto de la derogación tácita de las más de cien resoluciones de secreto y reserva, evitando así dobles interpretaciones.
Sánchez aseguró que “más allá de los motivos que lo originan, estamos frente a un sustantivo avance en materia de transparencia y acceso a la información pública. Esto da cuenta de la activa participación de la ciudadanía tanto en la elaboración de propuestas como de control de los actos del Gobierno, lo que habla de una democracia cada vez más sana y participativa”.
Vacío Legal
La publicación de las reformas constitucionales deja abierto un vacío legal bastante considerable, porque deroga tácitamente el DS. 26 –y todas las resoluciones inspiradas en él- y establece que las restricciones de acceso a la información pública estarán estipuladas en una ley de quórum calificado, que está en trámite y sin urgencia en la Cámara de Diputados.
Moisés Sánchez, representante de Pro Acceso, explicó que en la actual coyuntura “hasta que no se dicte dicha ley, toda la documentación que está en manos del Estado es pública, incluidas las áreas sensibles. En teoría, hoy cualquier ciudadano, nacional o extranjero, podría pedir cualquier tipo de información y no habría un sustento legal para negársela”, explicó.
Por lo mismo, instó al Gobierno a dar mayor prioridad al proyecto de Ley sobre Acceso a la Información Pública, al cual el Ejecutivo le retiró la urgencia simple al pasar del Senado a la Cámara baja.
Laureano Checa, Proacceso.
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