martes, agosto 09, 2005

Reciente modificación a la Ley de Municipalidades produjo derogación tácita de los reglamentos de secreto dictados por las Municipalidades

Esa fue la respuesta de la Municipalidad de Santiago a la solicitud ciudadana de dejar sin efecto el Decreto 205/2004 que establecía el secretismo de los instrumentos de planificacion territorial en dicha entidad edilicia.
Con satisfacción recibí el dia de hoy la respuesta a la
solicitud que presentamos el día 13 de julio junto con Patricio Herman, de la agrupación "Defendamos la Ciudad", en la que solicitabamos al alcalde Raúl Alcaíno la apertura de un procedimiento administrativo de invalidación del Decreto 205/2004 de dicha Municipalidad, que establecia el secreto de los instrumentos de planificación territorial, entre otras importantes materias.
Esta llegó a través de la carta respuesta Nº 1136/2005, de 08.08.2005, y en ella se señala, que "Luego del análisis respectivo y considerando lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 98, de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, modificado por el artículo 5º, número 13, de la Ley Nº 20.033, en el sentido de que: 'la información y documentos municipales son públicos', se consideró que produjo la derogación tácita del Reglamento Municipal Nº 205, sobre Actos y Documentos Declarados Secretos o reservados, de fecha 25 de febrero de 2004, publicado en el Diario Oficial el día martes 2 de marzo del mismo año. Sin perjuicio de lo anterior, se procederá a derogar explícitamente el Reglamento aludido"
Lo anterior constituye un importante precedente en la aplicación de la normativa de transparencia municipal contenidos en la Ley Nº 20.033, publicada el 1º de julio del presente año. En lo pertinente, dicha ley agrega el siguiente inciso segundo al artículo 98 de la Ley 18.695, que se refiere a la oficina de partes municipal:
"La información y documentos municipales son públicos. En dicha oficina deberán estar disponibles, para quien los solicite, a lo menos los siguientes antecedentes:
a) El plan comunal de desarrollo, el presupuesto municipal y el plan regulador comunal con sus correspondientes seccionales, y las políticas específicas.
b) El reglamento interno, el reglamento de contrataciones y adquisiciones, la ordenanza de participación y todas las ordenanzas y resoluciones municipales.
c) Los convenios, contratos y concesiones.
d) Las cuentas públicas de los alcaldes en los últimos 3 años.
e) Los registros mensuales de gastos efectuados al menos en los últimos dos años.".
De esta manera, la nueva normativa municipal viene a "cerrar espacios" al secretismo imperante en muchas de estas institucionale edilicias, y de paso pone de manifiesto la contradicción existente entre esta nueva normativa, y el reglamento de secreto y reserva de los actos y documentos públicos (Dto. 26/2001 Minsegpres), lo que es un argumento más para proceder a su completa revisión una vez que sean aprobadas las reformas constitucionales el próximo 16 de agosto, una de cuyos aspectos se refiere a que las causales de secreto sólo pueden ser establecidas por ley de quorum calificado.
Lo anterior conduce inevitablemente a estimar que tambien se encuentra derogados tácitamente los reglamentos de secreto dictados por otras 9 municipalidades a nivel nacional:
Coronel, Caldera, Padre Las Casas, Pucon, Hualqui, Quillota, Lo Espejo, Lo Prado y Limache.
De esta manera, creo que se ha dado un nuevo e importante paso en la erradicación del secretismo en las instituciones públicas, el que gracias a la acción ciudadana concertada, ya había logrado recientemente que el gobierno central, a través de Segpres, enviara un oficio a todas las reparticiones y sericios con directrices en materia de transparencia pública (Oficio 914-2005/ Segpres).
Todo lo anterior viene a anticipar la inminente "caída" del Dto. 26/2001, lo que deja en evidencia la necesidad de abrir un debate en relación a un código de buenas prácticas en materia de secreto. ******* FIN *********
Texto de la carta de respuesta:

l. Municipalidad de Santiago
Secretaría Municipal

CARTA N° 1136-2005
SANTIAGO, - 8 AGO 2005

Señores
Patricio Herman Pacheco,
Moisés Sánchez Riquelme
Miraflores N°249 - 7° Piso - Oficina 72-8
Santiago
PRESENTE

De mi consideración:

En atención a lo planteado en su presentación Ingresada en nuestra Oficina de Partes de Alcaldía con fecha 13 de julio ppdo., el suscrito se permite informar a Uds. lo siguiente:

Luego del análisis respectivo y considerando lo dispuesto en el inciso segundo del Artículo 98°, de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, modificado por el Artículo 5°, número 13, de la Ley N° 20.033, en el sentido de que: "La información y documentos municipales son públicos", se consideró que produjo la derogación tácita del Reglamento Municipal N° 205, sobre Actos y Documentos Declarados Secretos o Reservados, de fecha 25 de febrero de 2004, publicado en el Diario Oficial, el día martes 2 de marzo del mismo año.

Sin perjuicio de lo anterior, se procederá a derogar explícitamente el Reglamento aludido.

Saluda atentamente a Ud.,

RAÚL ALCAíNO LlHN
ALCALDE DE SANTIAGO
tbp.
02.08.2005
Ing. Alc. 4341/05
Ver ademas:

jueves, agosto 04, 2005

Segpres da orientaciones en materia de transparencia y publicidad de los actos públicos

Mediante el oficio Nº 914 de 02.08.2005, Segpres comunicó a todos los servicios su nueva visión de lo que deberán ser las prácticas públicas en materia de secreto
El día de ayer llegó a nuestras manos el oficio de respuesta de Segpres a nuestra solicitud, en el que vimos con gran satisfacción una fuerte señal en pro de la trasparencia para todos los servicios públicos. Estas se concretaron en una serie de recomendaciones a los servicios en orden a adecuar desde ya su normativa de secreto a los nuevos escenarios constitucionales y legales.
En efecto,
en dicho oficio (ORD(DJ) 925 023/08/2005), después de ciertas consideraciones procesales, se nos señala expresamente que las últimas reformas constitucionales, así como el proyecto de ley de acceso a la información de los senadores Larraín y Gazmuri "implicará, una vez que entren en vigencia, la derogación de las resoluciones de secreto y reserva, toda vez que establecen que dicha declaración solamente la puede hacer el legislador, no la autoridad administrativa".
Además, se nos remitió copia del ORD (DJ) 914 de 02/08/2005, relativo a orientaciones de política en materia de transparencia, que se envio a todas las reparticiones públicas involucradas, en el cual se reitera la idea anterior, agregando que:
"El texto de la nueva disposición constitucional, y el contenido del proyecto de ley mencionado expresan con fidelidad la orientación política que el Gobierno sustenta en materia de publicidad y acceso a la información administrativa"
"Por ello, y ante la necesidad de prepara a los organismos de la administración para el nuevo escenario normativo descrito, se ha estimado conveniente comunicar formalmente a Ud. la orientación que deberá presidir la actuación administrativa en materia de publicidad y transparencia, a objeto que se proceda desde ya, a revisar los criterios aplicados y a definir las estrategias e instrumentos de gestión que permitan la estricta observancia de dichos principios, velando siempre por la mayor publicidad y transparencia posibles"

A mi entender, este oficio es sólo el principio, y constituye la base de lo que debe ser un código de buenas prácticas en materia de secreto, aspecto en el cual estamos dispuestos a avanzar con el gobierno. En este sentido, esperamos que este primer paso constituya el inicio del proceso de adecuación de nuestra normativa interna relativa a información pública, a fin de ajustarla a las recomendaciones efectuadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a principios de este año: Chile no se merece una legislación tan anacrónica y contraria a los sanos estandares internacionales.
No puedo dejar pasar esta ocasión sin reconocer el esfuerzo de todas las organizaciones ciudadanas solicitantes (Defendamos la Ciudad, Oceana, Ecoceanos, Ciudad Viva, Fundacion Terram), las cuales apoyaron en todo momento y de manera decidida, esta campaña contra el secretismo, iniciada el año 2003 a propósito de la impugnación efectuada en la Contraloría de 50 resoluciones de secreto que, en definitiva, fueron declaradas en su mayor parte ilegales por dicho instituto en octubre de 2004 por medio del dictamen 49883. Además, quiero destacar tambien el importante rol jugado por
el subsecretario de Segpres, Rodrigo Egaña Barahona, quien se manifestó en todo momento muy llano, no sólo a escuchar, sino a proponer alternativas de solución a nuestro requerimiento. Por último, tambien debo agradecer el apoyo de todos aquellos quienes, de manera anónima, colaboraron en todo momento con estas gestiones.
Sin duda alguna, a partir de este momento, se puede decir que están sentadas las bases de un "nuevo trato" entre las autoridades y la ciudadanía, lo que permitirá construir de manera conjunta una sociedad más participativa y realmente democrática.
*******FIN**********
Texto del oficio con recomedaciones a los servicios (bajar en PDF aqui)
REPUBLICA DE CHILE
Ministerio
Secretaría General de la Presidencia

ORD (DJ) N° 914
ANT.: No hay.
MAT.: Comunica orientaciones en materia de transparencia y publicidad de los actos de la Administración.
SANTIAGO, O 2 AGO. 2005

DE:EDUARDO DOCKENDORFF VALLEJOS
MINISTRO SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA
PRESIDENTE CONSEJO DIRECTIVO CONAMA
A:SEGÚN DISTRIBUCiÓN

1.Uno de los ejes del Gobierno del Presidente Hicardo Lagos, al igual que de los anteriores gobiernos de la Concertación, ha sido el constante y progresivo perfeccionamiento de nuestro sistema democrático, tarea en la que resulta esencial alcanzar mayores niveles de participación ciudadana responsable en todos los ámbitos de la gestión pública. Para el desarrollo de tal participación, han sido determinantes los instrumentos normativos y políticos dispuestos para reforzar la apertura y publicidad de la actividad de los organismos de la Administración.
2.La tarea de la transparencia no está concluida sino en desarrollo permanente, enfrentando al Estado a una continúa revisión de sus procesos y actividades. En este contexto, el Gobierno ha venido impulsando un conjunto de iniciativas tendientes a concretar un nuevo y decisivo avance en materia de transparencia de la función pública y acceso a la información administrativa.
3. En primer término, las reformas constitucionales promovidas por el Gobierno y recientemente despachadas por el Congreso Nacional, marcarán un hito en materia de transparencia y acceso a la información del Estado, al consagrar dichos principios en el propio texto de la Constitución y al establecer que el secreto o reserva de la información del Estado sólo podrá establecerse por leyes de quórum calificado.
4.La nueva disposición constitucional es del siguiente tenor:
"Artículo 8°.- El ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones.
Son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utiliceln. Sin embargo, sólo una ley de quórum calificado podrá establecer la reserva o secreto de aquello o de éstos, cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional. ".
5.De este modo, con la reforma constitucional, Chile habrá dado un paso decisivo en materia de acceso a la información del Estado, eliminando definitivamente de nuestro sistema, los secretos o reservas reglamentarios. Sólo aquello que la ley califique como reservado podrá tener tal condición y la regla general será el carácter público de la información, regla que se aplicará tanto a la Administración como a todos los órganos del Estado, incluidos el Congreso Nacional, el Poder Judicial, el Banco Central, etc.
6.En paralelo a las reformas constitucionales, el Gobierno ha colaborado con los Senadores Larraín y Gazmuri en la moción que ellos presentaron para modificar la regulación legal que actualmente rige para el acceso a la información administrativa. Dicha colaboración se ha concretado en el explícito respaldo a la idea de legislar planteado por el Ejecutivo, en impulsar su tramitación haciendo presente la urgencia simple, y en la activa participación del Gobierno en la discusión del proyecto.
7.Con la aprobación de esta iniciativa legal se logrará consagrar y reforzar el derecho de acceso de los ciudadanos a los actos y documentos de la Administración, suprimir las trabas administrativas que puedan subsistir y promover la mayor publicidad de la acción de los órganos de la Administración. Asimismo, los casos de reserva o secreto quedarán establecidos directamente en la ley y circunscritos únicamente a los internacionalmente aceptados, esto es, defensa nacional y seguridad pública, derecho a la privacidad de personas individuales, y funcionamiento de las instituciones.
8.La vigencia de las disposiciones señaladas exigirá nuevos ajustes al funcionamiento de los organismos de la Administración del Estado, los que requerirán procesos formativos, adecuación de las conductas institucionales, así como la implementación de instrumentos de gestión idóneos que permitan la aplicación de dicha normativa.
9. Sin perjuicio que dichas normas no entrarán en vigencia en tanto no se concluya su proceso formativo, el texto de la nueva disposición constitucional y el contenido del proyecto de ley mencionado expresan con fidelidad la orientación política que el Gobierno sustenta en materia de publicidad y acceso a la información Administrativa.
10. Por ello y ante la necesidad de preparar a los organismos de la Administración para el nuevo escenario normativo descrito, se ha estimado conveniente comunicar formalmente a Ud. la orientación que deberá presidir la actuación administrativa en materia de publicidad y transparencia, a objeto que se proceda desde ya, a revisar los criterios aplicados y a definir las estrategias e instrumentos de gestión que permitan la estricta observancia de dichos principios, velando siempre por la mayor publicidad y transparencia posibles.
11. Solicito a Ud. transmitir esta comunicación a todos los servicios públicos dependientes y relacionados con esa cartera.
Saluda atentamente a V.E.
Eduardo Dockendroff Vallejos
Ministro
Secretario General de la Presidencia
REB/SRZ/cfu
Distribución:

1.Señor Ministro del Interior
2.Señor Ministro de Relaciones Exteriores
3.Señor Ministro de Defensa Nacional
4.Señor Ministro de Hacienda
5.Señor Ministro Secretario General de la Presidencia
6.Señor Ministro Secretario General de Gobierno
7.Señor Ministro de Economía, Fom. y Reconstrucción
8.Señora Ministra de Planificación y Cooperación
9.Señor Ministro de Educación
10.Señor Ministro de Justicia
11.Señor Ministro del Trabajo y Previsión Social
12.Señor Ministro de Obras Públicas
13.Señor Ministro de Salud
14. Señora Ministra de Vivienda y Urbanismo
15. Señor Ministro de Agricultura
16. Señor Ministro de Minería
17. Señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones
18. Señora Ministra de Bienes Nacionales
19. Señor Ministro Pdte. de la Como Nac. de Energia
20. Señora Ministra Directora del Servicio Nacional de la Mujer
21. Señor Ministro Pdte. del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes
22. Señor Subsecretario del Interior
23. Señora Subsecretaria de Des. Reg. y Adm.
24. Señor Subsecretario de Relaciones Exteriores
25. Señor Subsecretario de Guerra
26. Señor Subsecretario de Marina
27. Señor Subsecretario de Aviación
28. Señor Subsecretario de Carabineros
29. Señor Subsecretario de Investigaciones
30. Señora Subsecretaria de Hacienda
31. Señor Subsecretario General de la Presidencia
32. Señor Subsecretario General de Gobiemo
33. Señor Subsecretario de Economia
34. Señor Subsecretario de Pesca
35. Señor Subsecretario de Planificación y Cooperación
36. Señora Subsecretaria de Educación
37. Señor Subsecretario de Justicia
38. Señor Subsecretario del Trabajo
39. Señora Subsecretaria de Previsión Social
40. Señor Subsecretario de Obras Públicas
41. Señora Subsecretaria de Salud
42. Señor Subsecretario de Redes Asistenciales
43. Señora Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo
44. Señor Subsecretario de Agricultura
45. Señor Subsecretario de Minería
46. Señor Subsecretario de Transportes
47. Señora Subsecretaria de Bienes Nacionales
48. Señor Subsecretario de Telecomunicaciones
49. Señor Secretario Ejecutivo Como Nac. Energia
50. Señora Subdirectora Serv. Nac. de la Mujer
51. Señor Director de ChileDeportes
52. Señor Subdirector del Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes
53 Señor !l'Ctem!ente de la Región de Tarapacá
54. Señor Intendente de la Región de Antofagasta
55. Señor Intendente de la Región de Atacama
56. Señor Intendente de la Región de Coquimbo
57. Señor Intendente de la Región de Valparaíso
58. Señor Intendente de la Región del Libertador General Bernado O'Higgins
59. Señor Intendente de la Región del Maule
60. Señor Intendente de la Región del Bio Bío
61. Señor Intendente de la Región de la Araucanía
62. Señor Intendente de la Región de Los Lagos
63. Señor Intendente de la Región de Aysén del General Carios Ibáñez del Campo
64. Señor Intendente de la Región de Magallanes y de la Antártic;a Chilena
65. Señora Intendente de la Región Metropolitana
66. GAB. PRES. (Of. de Partes)
67. (DJ) MINSEGPRES
68. Of. De Partes MINSEGPRES

Comunicado de Prensa Proacceso

Chile avanza hacia la erradicación del secretismo en la administración pública

Gobierno envió instrucciones a todas las oficinas para que revisen las normativas que establecen cuáles son los documentos y antecedentes que quedan al margen del conocimiento de la ciudadanía.
Laureano Checa


Mediante un oficio de la Secretaría General de la Presidencia, el Ejecutivo instruyó a todas las dependencias administrativas que modifiquen sus normativas internas de secreto y reserva, lo que en la práctica debería significar que haya un número mucho más reducido de materias que queden fuera del conocimiento de la ciudadanía.
La medida gubernamental responde a la necesidad de adecuar las resoluciones y decretos de los distintos servicios al nuevo escenario que se planteará tras la aprobación de las reformas constitucionales. El reconocimiento en la Carta Magna del Derecho de Acceso a la Información Pública hace necesaria la modificación Decreto Supremo nº 26/2001, el cual permite que los encargados de cada servicio público determinen discrecionalmente qué materias quedarán fuera del escrutinio público.
Lo anterior alude a la incorporación de un nuevo artículo 8 en la Carta Magna, el cual indica que “son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen. Sin embargo, sólo una ley de quórum calificado podrá establecer la reserva o secreto de aquéllos o de éstos, cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional”.
La exigencia de fijar por ley las causales por las cuales una información sería considerada reservada o secreta ya estaba recogida en el Proyecto de Ley sobre Acceso a la Información Pública propuesto por los senadores Hernán Larraín y Jaime Gazmuri. La iniciativa, incluida en la Agenda de Transparencia, está actualmente en discusión en la comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización de la Cámara alta.
El oficio nº 914/2005 viene a solucionar el problema generado por las más de 90 resoluciones administrativas que desde el año 2001, diversas oficinas públicas comenzaron a dictar, y en las cuales se declaraba secreta información de relevancia para la ciudadanía, imponiendo una prohibición de acceder a dichos antecedentes por un período de 20 años, y expresas limitaciones a la prensa para difundirlos. Esta restrictiva normativa se basaba en el reglamento sobre esta materia que publicó este mismo ministerio en 2001 (DS 26/2001 Minsegpres). La nueva postura del gobierno, además, contribuye a hacer cumplir las instrucciones emitidas por la Contraloría General de la República mediante dictamen 49883 del 04 de octubre de 2004, en las que estableció la ilegalidad de estas resoluciones, ordenándose a estas reparticiones modificarlas a la brevedad.
La solicitud fue redactada por el abogado ambientalista Moisés Sánchez R., y fue suscrito por Patricio Herman, de la agrupación "Defendamos la Ciudad"; Juan Carlos Cárdenas, del "Centro Ecocéanos"; Lake Sagaris, de la organización ciudadana "Ciudad Viva"; Marcel Claude, de "Oceana"; y Rodrigo Pizarro, de la Fundación "Terram", contando con el apoyo de otras organizaciones sociales y ciudadanas.
Significativo cambio
Como "una de las victorias más importantes de los últimos años en el ámbito de los derechos ciudadanos y acceso a información" fue calificada por organizaciones de la sociedad civil la respuesta entregada por el Ministro Secretario General de la Presidencia, Eduardo Dockendorff, a la solicitud para que se tomen medidas en contra de la creciente cantidad de resoluciones gubernamentales que establecen el secreto de información estatal que, por su propia naturaleza, es de carácter público.
Esta respuesta fue entregada a través del oficio Nº 925/2005 de la Secretaría General de la Presidencia (Minsegpres), y en ella se destaca que las últimas reformas constitucionales, así como el proyecto de ley de acceso a la información de los senadores Hernan Larraín y Jaime Gazmuri, implicarán, una vez que entren en vigencia, "la derogación de las resoluciones de secreto y reserva, toda vez que establecen que dicha declaración solamente la puede hacer el legislador, no la autoridad administrativa".
Además, agrega el texto del Minsegpres, que para dicho efecto, se envió un oficio con recomendaciones a todos los servicios públicos, el que fue incorporado dentro de la contestación de la autoridad para conocimiento de la ciudadanía.
Dichas recomendaciones (oficio Nº914/2005 Minsegpres), señalan que "el texto de la nueva disposición constitucional y el contenido del proyecto de ley mencionado, expresan con fidelidad la orientación política que el Gobierno sustenta en materia de publicidad y acceso a la información administrativa."
Por ello, y ante la necesidad de preparar a los organismos de la administración para el nuevo escenario normativo, el gobierno comunicó formalmente "la orientación que deberá presidir la actuación administrativa en materia de publicidad y transparencia, a objeto que se proceda desde ya, a revisar los criterios aplicados y a definir las estrategias e instrumentos de gestión que permitan la estricta observancia de dichos principios, velando siempre por la mayor publicidad y transparencia posibles"
Sociedad Civil aplaude decisión
Moisés Sánchez, redactor de la presentación, afirmó que "este oficio es solo el principio, y constituye la base de lo que debe ser un código de buenas prácticas en materia de secreto, aspecto en el cual estamos dispuestos a avanzar con el gobierno".
El presidente de Pro Acceso, Juan Pablo Olmedo, describió la actitud del Gobierno como “muy positiva” e indicó que la decisión de corregir el rumbo marcado por el Decreto nº26 es un significativo avance en materia de transparencia y control ciudadano. Advirtió que este tipo de medidas contribuyen enormemente a la imagen que proyecta el Ejecutivo hacia la ciudadanía y el país hacia el exterior.
Matías Guiloff, abogado de la organización Oceana, indicó que este oficio "es un paso hacia delante en la consagración de un derecho de acceso a la información pública que garantice la participación ciudadana".
En este mismo sentido, Lake Sagaris, Presidenta la la organización ciudadana Ciudad Viva felicitó "a las organizaciones y las personas que han trabajado duramente para lograr este avance de parte del gobierno y al gobierno mismo por un cambio de actitud que se refleja en estas nuevas provisiones legales. El derecho a la información es un derecho fundamental para el sano y efectivo funcionamiento de la democracia, y requiere - además de los reglamentos -una fuerte voluntad de parte de las autoridades públicas de hacerlo realidad en cada una de sus acciones."Esperamos –agregó Sagaris- que esto sea el primer paso hacia un gran cambio en las actitudes y acciones cotidianas, que es donde este tipo de provisión realmente se pone a prueba."
Por su parte, Rodrigo Pizarro, Director Ejecutivo de Fundación Terram valoró "la postura del gobierno en promover y proteger el libre acceso a la información de todos los organismos públicos del Estado por parte de cualquier ciudadano. Creemos que esta es la mejor forma de promover la participación ciudadana, empoderando a las personas con el fin de que puedan formarse una opinión fundada, influir en las políticas públicas y fiscalizar el correcto funcionamiento de las instituciones."Sin embargo -agrego Pizarro-, esperamos que la aprobación de la ley que avala el Acceso a la Información Pública se concrete lo antes posible, para que esta declaración por parte del Ejecutivo no quede sólo en las buenas intenciones".
Por su parte el Centro Ecoceanos afirmó que "los reclamos de las organizaciones ciudadanas y el trabajo cooperativo entre las ONGs y especialistas en estas materias lograron que el Estado se vea obligado a modificar estas añeja práctica de secretismo estatal"."Acceder a información oportuna, veraz y de calidad es uno de los pilares del trabajo de las organizaciones ciudadanas y una sociedad moderna, un Estado moderno no tiene justificaciones para prohibir el acceso a información. Es un paso más hacia la transparencia, la democratización de nuestra sociedad y la conquista de estos necesaria nueva generación de derechos ciudadanos", dijo el Centro Ecoceanos.

Más informaciones
Oficio nº 925/2005
Oficio nº 914/2005
Será modificada la norma que ampara el secretismo en Chile
Secretismo en Chile: Revisión de la práctica administrativa 2001-2005
Moisés Sánchez: Secretismo en contratos
Organizaciones ciudadanas exigen modificar normas que amparan el secretismo en la administración pública
Decreto nº 26/2001
Rodrigo Egaña: Transparencia y probidad en los gobiernos de la Concertación
Ver blog de Moisés Sánchez

Comunicado de Prensa

Secretismo en actos públicos:

GOBIERNO RECAPACITA Y MODIFICA SU POSTURA SOBRE EL ACCESO CIUDADANO A INFORMACIÓN PÚBLICA

A consecuencia de la presión de organizaciones ciudadanas -quienes han exigido al Gobierno que se respete el acceso a información pública modificando la normativa que fomenta la cultura del secretismo- la Secretaría General de la Presidencia accedió a limitar las restricciones que existen para acceder a la información pública, informándonos que, con motivo de las próximas reformas constitucionales y legales, éstas serán, en su mayor parte, eliminadas.

Bajar oficio en PDF aqui

Santiago de Chile, 04 de agosto de 2005 .— Como "una de las victorias más importantes de los últimos años en el ámbito de los derechos ciudadanos y acceso a información" fue calificada por organizaciones de la sociedad civil la respuesta entregada por el Ministro Secretario General de la Presidencia, Eduardo Dockendorff, a la solicitud para que se tomen medidas en contra de la creciente cantidad de resoluciones gubernamentales que establecen el secreto de información estatal que, por su propia naturaleza, es de carácter público.

Esta respuesta fue entregada a través del oficio Nº 925/2005 de la Secretaría General de la Presidencia (Minsegpres), y en ella se destaca que las últimas reformas constitucionales, así como el proyecto de ley de acceso a la información de los senadores Hernan Larraín y Jaime Gazmuri, implicarán, una vez que entren en vigencia, "la derogación de las resoluciones de secreto y reserva, toda vez que establecen que dicha declaración solamente la puede hacer el legislador, no la autoridad administrativa".

Con ello, se hace referencia a la nueva disposición constitucional, aún por aprobarse, que eleva a rango constitucional el derecho de acceder a información de oficinas estatales, obligando a establecer sólo mediante Ley los casos específicos de secreto o reserva. Además, agrega el texto del Minsegpres, que para dicho efecto, se envió un oficio con recomendaciones a todos los servicios públicos, el que fue incorporado dentro de la contestación de la autoridad para conocimiento de la ciudadanía.

Dichas recomendaciones (oficio Nº914/2005 Minsegpres), señalan que "el texto de la nueva disposición constitucional y el contenido del proyecto de ley mencionado, expresan con fidelidad la orientación política que el Gobierno sustenta en materia de publicidad y acceso a la información administrativa."

Por ello, y ante la necesidad de preparar a los organismos de la administración para el nuevo escenario normativo, el gobierno comunicó formalmente "la orientación que deberá presidir la actuación administrativa en materia de publicidad y transparencia, a objeto que se proceda desde ya, a revisar los criterios aplicados y a definir las estrategias e instrumentos de gestión que permitan la estricta observancia de dichos principios, velando siempre por la mayor publicidad y transparencia posibles"

CAMBIOS OCURRIERON POR ACCIÓN CIUDADANA
Este oficio viene a solucionar el problema generado por las más de 90 resoluciones administrativas que desde el año 2001, diversas oficinas públicas comenzaron a dictar, y en las cuales se declaraba secreta información de relevancia para la ciudadanía, imponiendo una prohibición de acceder a dichos antecedentes por un período de 20 años, y expresas limitaciones a la prensa para difundirlos. Esta restrictiva normativa se basaba en el reglamento sobre esta materia que publicó este mismo ministerio en 2001 (DS 26/2001 Minsegpres).La nueva postura del gobierno, además, contribuye a hacer cumplir las instrucciones emitidas por la Contraloría General de la República mediante dictamen 49883 del 04 de octubre de 2004, en las que estableció la ilegalidad de estas resoluciones, ordenándose a estas reparticiones modificarlas a la brevedad.

La solicitud fue redactada por el abogado ambientalista
Moisés Sánchez R., y fue suscrito por Patricio Herman, de la agrupación "Defendamos la Ciudad"; Juan Carlos Cárdenas, del "Centro Ecocéanos"; Lake Sagaris, de la organización ciudadana "Ciudad Viva"; Marcel Claude, de "Oceana"; y Rodrigo Pizarro, de la Fundación "Terram", contando con el apoyo de otras organizaciones sociales y ciudadanas.

Moisés Sánchez, redactor de la presentación, afirmó que "este oficio es solo el principio, y constituye la base de lo que debe ser un código de buenas prácticas en materia de secreto, aspecto en el cual estamos dispuestos a avanzar con el gobierno". Destacó además la excelente disposición de dicha cartera, especialmente del subsecretario Rodrigo Egaña Barahona, quien "se manifestó en todo momento muy llano, no sólo a escuchar, sino a proponer alternativas de solución a nuestro requerimiento".

Por otra parte, Patricio Herman, de la agrupación
Defendamos la Ciudad
, destacó el valor de dicho oficio, agregando que "nuestra agrupación reconoce muy positivamente la ardua labor del abogado Moisés Sánchez, quien ha seguido este caso desde el año 2002, y que con sus análisis jurídicos ha contribuido a que el gobierno enmiende el rumbo en materias tan importantes como la información publica".

NUEVA GENERACIÓN DE DERECHOS CIUDADANOS
Matías Guiloff, abogado de la organización Oceana , indicó que este oficio "es un paso hacia delante en la consagración de un derecho de acceso a la información pública que garantice la participación ciudadana".

En este mismo sentido, Lake Sagaris, Presidenta la la organización ciudadana Ciudad Viva felicitó "a las organizaciones y las personas que han trabajado duramente para lograr este avance de parte del gobierno y al gobierno mismo por un cambio de actitud que se refleja en estas nuevas provisiones legales. El derecho a la información es un derecho fundamental para el sano y efectivo funcionamiento de la democracia, y requiere - además de los reglamentos -una fuerte voluntad de parte de las autoridades públicas de hacerlo realidad en cada una de sus acciones."Esperamos –agregó Sagaris- que esto sea el primer paso hacia un gran cambio en las actitudes y acciones cotidianas, que es donde este tipo de provisión realmente se pone a prueba."

Por su parte, Rodrigo Pizarro, Director Ejecutivo de Fundación Terram valoró "la postura del gobierno en promover y proteger el libre acceso a la información de todos los organismos públicos del Estado por parte de cualquier ciudadano. Creemos que esta es la mejor forma de promover la participación ciudadana, empoderando a las personas con el fin de que puedan formarse una opinión fundada, influir en las políticas públicas y fiscalizar el correcto funcionamiento de las instituciones."Sin embargo -agrego Pizarro-, esperamos que la aprobación de la ley que avala el Acceso a la Información Pública se concrete lo antes posible, para que esta declaración por parte del Ejecutivo no quede sólo en las buenas intenciones".

Por su parte el Centro Ecoceanos afirmó que "los reclamos de las organizaciones ciudadanas y el trabajo cooperativo entre las ONGs y especialistas en estas materias lograron que el Estado se vea obligado a modificar estas añeja práctica de secretismo estatal"."Acceder a información oportuna, veraz y de calidad es uno de los pilares del trabajo de las organizaciones ciudadanas y una sociedad moderna, un Estado moderno no tiene justificaciones para prohibir el acceso a información. Es un paso más hacia la transparencia, la democratización de nuestra sociedad y la conquista de estos necesaria nueva generación de derechos ciudadanos", dijo el Centro Ecoceanos.*****FIN*****

Teléfonos de contacto:
Patricio Herman 2330321
Fundación Terram: 269 44 99

lunes, agosto 01, 2005

Segpres responderá a la ciudadanía

El subsecretario de Segpres, Rodrigo Egaña, nos confirmó que el oficio con recomendaciones a los servicios en materia de secreto estará listo dentro de estos dias.
En la mañana de hoy, Rodrigo Egaña nos confirmó vía correo electrónico que espera tener lista dentro de "estos dias" la contestación a nuestra solicitud de fecha 3 de junio de 2005, en la cual pedimos se hicieran cumplir las instrucciones de la Contraloría contenidas en el dictamen 49883 de 4/10/2004, que ordenó a diversos servicios que procedieran a modificar sus resoluciones de reserva o secreto por exceder sus disposiciones la normativa vigente.
Dentro de dicha contestación, y tal como se acordó en una reunion previa sostenida con dicha autoridad, se contendrá el texto de un oficio que será enviado por Segpres a todos los servicios que han dictado resoluciones de este tipo, en el cual se señalarán una serie de recomedaciones y orientaciones de política en materia de secreto, a fin de que sea utilizados por éstos como una guia en el proceso de modificación de este tipo de resoluciones.
Con la emisión de este oficio, sumado al debido control ciudadano, se espera poder limitar el ámbito del secretismo en Chile, y avanzar hacia el desarrollo de un código de buenas prácticas en esta materia.