lunes, octubre 17, 2005

Secretismo y Consecuencia, Por Sergio Romero, Presidente del Senado

A continuacion les dejamos con un articulo del presidente del Senado, en el cual da a conocer su posicion respecto de las votaciones y sesiones secretas. (Ciario Electronico del Senado)-

Moises Sanchez, en Cronologia del Secreto


La relacion que debe existir entre los principios que se declara defender y las conductas

SANTIAGO, 13 de octubre de 2005, (Diario Electronico del Senado).-
No existe mejor prevencion contra la corrupción y el mal gobierno que una opinion publica bien informada, a traves de medios de comunicacion libres, independientes y responsables. De ahi que el combate al secretismo arbitrario ha sido uno de los ejes en el accionar de esta Presidencia, que tiene plena consciencia que la ciudadania goza del derecho absoluto de conocer los actos de sus gobernantes y representantes.

Ese mismo afan de transparencia se plasmo en la tramitacion de las reformas constitucionales.

Cuando en el año 2000 presentamos junto a otros senadores de la Alianza el proyecto, que luego se refundio con otro de la Concertacion, y que desemboco en el paquete de reformas a la Carta Fundamental, propusimos incluir la regla general de que los actos y resoluciones de los organos del Estado son publicos. Y asi quedo establecido, bajo la excepcion que una ley de quórum calificado establezca la reserva o secretos de determinados actos.

En vista de que hoy estamos frente a un mandato constitucional que llama a abrir las instituciones a la ciudadania, como Presidente del Senado presente sendas mociones parlamentarias, destinadas a compatibilizar la Ley Orgánica del Congreso y el Reglamento del Senado a las nuevas normas constitucionales, y a suprimir otras normas legales que establecian votaciones secretas del Senado.

En este contexto, la proposicion del Presidente de la Republica para designar al ministro Sergio Muñoz como integrante de la Corte Suprema, se convirtio en la primera prueba de la nueva norma constitucional. En uso de mis facultades y consciente de mi responsabilidad frente a la Constitucion, resolvi que la proposicion del Primer Mandatario debia discutirse y votarse en publico, pues la nueva norma constitucional primaba sobre el Reglamento y las practicas del Senado, por antiguas que estas fueran.

Aunque mi determinacion dio lugar al debate que la opinion publica conoce, creo que ella contribuyo a reflexionar acerca de la consecuencia que debe existir entre los principios que se declara defender y las conductas que se siguen. Una relacion que debe ser proporcional, sobre todo entre quienes ejercen cargos de representación popular.

Por mi parte, creo haber dado muestras suficientes de que no variare la posicion que frente a este y otros asuntos de interes publico he sostenido, aunque ello me signifique sufrir las represalias que mis detractores tienen el poder de ejercer.
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  • La relación que debe existir entre los principios que se declara defender y las conductas

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    Suma urgencia a proyecto que termina con secretismo en el Senado

    La polémica generada al interior del Senado en relacion a las sesiones y votaciones secretas, se plasmo en un acuerdo de reforma de la Ley Orgánica del Congreso Nacional, a fin de adecuarla a los contenidos del nuevo articulo 8º de la Constitucion, que garantiza la publicidad de los actos del Estado. Esto se hara mediante un proyecto calificado con "suma urgencia" que sera ingresado hoy por parte del Ejecutivo.-

    Moises Sanchez, en Cronologia del Secreto

    Gobierno ingresará hoy calificación de “suma urgencia” a proyecto que consagra la publicidad de los actos del Estado


    SANTIAGO, 17 de octubre de 2005. Diario Electronico del Senado: Cumpliendo con el compromiso asumido con el Presidente del Senado, Sergio Romero, el Gobierno ingresara hoy a la Camara de Diputados, la calificacion de "suma urgencia", lo que implica que cada rama legislativa tendra 10 días para despachar el proyecto que adecua la Ley Orgánica del Congreso Nacional a la nueva Constitucion Politica que consagra la publicidad de los actos de los órganos de la Administración del Estado.

    Cabe recordar que el jueves ultimo el titular de la Camara Alta concurrio a la Moneda para entrevistarse y entregarle una carta al Vicepresidente de la nacion, Francisco Vidal en que expreso su preocupacion por la decision del gobierno de aplicar solo urgencia "simple", con lo cual dejaba sin efecto el acuerdo suscrito entre el Presidente de la Cámara Gabriel Ascencio, con el ministro Secretario General de la Presidencia, Eduardo Dockendorff en orden a calificar con suma urgencia la iniciativa. Superado el impasse ahora, el senador Romero y su par Gabriel Ascencio, se aprontan para concurrir mañana a la Comision de Constitucion de la Camara Baja donde esta radicado el proyecto. La instancia presidida por la diputada Laura Soto, se reunira mañana entre 15,30 y 17,30 horas para analizar la mocion de los diputados Gabriel Ascencio; Patricio Cornejo, Jorge Burgos, Carlos Montes, Alejandro Navarro y Enrique Accorsi que adecua la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional a la Constitucion, lo que en la practica significara terminar con las sesiones y votaciones secretas en el Parlamento chileno.

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  • Gobierno ingresará hoy calificación de “suma urgencia” a proyecto que consagra la publicidad de los actos del Estado

    Ver Ademas:

  • Ejecutivo envió al Parlamento “suma urgencia” a proyecto que adecua Ley Orgánica del Congreso y termina con el secretismo




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    miércoles, octubre 12, 2005

    Polemica por eliminacion de norma que impide secretismo en la eleccion de integrantes de la Corte Suprema


    Gran polemica ha causado el comportamiento del Senado en materia de transparencia, pues si bien aprobo el proyecto de acceso a la informacion publica, por otra parte rechazo la inclusion de una norma que impedia la celebracion de sesiones secretas para el nombramiento de integrantes de la Corte Suprema y otras autoridades publicas. Esto, ademas, resulta ser contradictorio con la interpretacion del nuevo articulo 8º de la Constitucion (que garantiza el acceso a la informacion) por parte del presidente del Senado, en cuya virtud la eleccion del juez Sergio Muñoz como integrante de la Corte Suprema se efectuo en un audiencia publica.

    Parte de esa polemica se ha visto reflejada en una serie de articulos y cartas publicadas en “La Tercera” en estos ultimos dias, especialmente por parte de los abogados Domingo Lovera y Agustin Squella, cuyos contenidos y reflexiones transcribimos a continuacion.-

    Moises Sanchez, en Cronologia del Secreto


    Derecho a la informacion publica
    LaTercera / Opinión
    Fecha edicion: 10-10-2005

    Hay que acabar con los limites para el acceso a la informacion publica. Y esto debiera incluir el fin del voto secreto en las sesiones del Congreso para el nombramiento de autoridades.


    El miercoles 5, el Senado dio dos pasos contradictorios en materia de transparencia. Por un lado, aprobo el proyecto encabezado por los senadores Hernán Larraín (UDI) y Jaime Gazmuri (PS) que regula el acceso a la informacion publica. Eso es positivo, pero, a la vez, rechazo la norma mas polemica: la que proponia eliminar el caracter secreto de las sesiones y votaciones para nombrar ministros de la Corte Suprema e integrantes del Banco Central, entre otras autoridades.

    Es de esperar, entonces, que en la Camara Baja, donde se vera ahora la iniciativa, se ponga fin a todas las facultades con las que aun es posible que, en distintos ambitos, persista una suerte de cultura del "secretismo" (junto con el fin del voto secreto se rechazo la publicacion de los actos y resoluciones, así como la obligacion de las empresas del Estado de divulgar sus actas y documentos en forma digital en un plazo no mayor a cinco dias). Que esto ocurra es clave, ya que en la medida en que se mantenga le quita fuerza al espiritu del proyecto en su conjunto, que surge como una necesidad para acabar con las trabas de ciertos mecanismos con los que se "bypasea" el sentido de la Ley de Probidad, de 1999.

    No quiere decir lo anterior que los aspectos en que se ha llegado a acuerdo sean menores, sino que dejan en el aire ambitos de suma importancia. Por ejemplo, podria ser relevante conocer como voto tal o cual legislador en materias de gran relevancia nacional sobre las que, ademas, determinados grupos de interes pueden, incluso, ejercer lobby (que no esta regulado). Tambien, puede ocurrir que un elector considere necesario saber como se planteo algun parlamentario en uno o varios casos para decidir si lo apoya en una reeleccion.

    Con todo, lo que se aprobo en la Camara Alta, aunque insuficiente, es significativo. En general, la inciativa dispone que, en virtud de la transparencia, toda informacion relativa a los actos de la administracion del Estado es publica y, por tanto, toda persona tiene derecho a solicitar y recibir antecedentes. El proyecto plantea que se podra acceder a las actas, expedientes, contratos y acuerdos publicos, asi como a antecedentes elaborados con presupuesto fiscal. Ademas, establece como prioridad la facultad ciudadana de formular consultas a entidades del Estado -el Congreso, los tribunales de justicia y los organos administrativos-, las que tendran la obligacion de responderlas en un plazo maximo de 10 dias habiles. A esta condicion tambien estan sujetas las empresas estatales, que deberan poner a libre disposicion datos como su estructura organica, el marco normativo y a quienes contrata y sus honorarios, entre otros.

    Aun en este contexto, es entendible que haya areas restringidas, aunque tienen que ser las menos y siempre que se relacionen con ambitos sensibles. Asi lo entiende también en el proyecto, que considera la restriccion exclusivamente en los siguientes casos: cuando los antecedentes hayan sido declarados como reservados o secretos mediante una ley de quorum calificado; cuando su difusion entorpezca gravemente el debido cumplimiento de las funciones de un organo requerido; cuando afecta la vida privada de una persona individualizada; cuando lesione intereses comerciales o economicos y cuando pueda afectar a la seguridad nacional. En suma, permite maximizar el acceso a informacion sobre aspectos que conciernen el funcionamiento de las empresas publicas y sus operaciones sin que signifique entorpecer su gestion con excesivos controles.

    Es importante, en resumen, acabar con todos los mecanismos que limitan el acceso a la informacion publica. La transparencia, en un sentido amplio, contribuye a impedir las faltas a la probidad y, sobre todo, a introducir criterios de accountability (rendicion de cuentas) en la gestion de intereses que afectan a la ciudadania. Avanzar en este sentido estaria, ademas, en la linea de otros pasos relevantes, como la disminucion de las partidas para gastos reservados en varias reparticiones; el rechazo a que ministros sigan participando en los directorios de las empresas publicas y la clarificacion de los procesos de licitacion y compras gubernamentales.



    El poder en las sombras

    LaTercera / Opinion
    Domingo Lovera
    Fecha edición: 11-10-2005

    Siempre lo he dicho: es necesario que las sesiones en el Congreso Nacional sean publicas. Pero no solo se requiere que esas audiencias sean abiertas, sino que es preciso, ademas, que en ciertas ocasiones se reclame la participacion directa de la ciudadania. El proyecto de ley que proponia hacerse eco de la primera de estas ideas, sin embargo, y pese a los anuncios del Senado de ir buscando una mayor transparencia (tacitamente reconociendo que esta es escasa) fue rechazado. Tal como señala el editorial de La Tercera de ayer, la Cámara Alta nos sorprende con señales contradictorias: mientras aprueba una nueva reglamentacion para el acceso a la informacion publica, esconde sus sesiones de la mirada atenta de la ciudadania.

    ¿Que razones podria tener un parlamentario para tomar decisiones y debatir fuera del alcance de la mirada de sus conciudadanos? ¿Por que nuestros representantes se esmeran en mantener espacios de toma de decisiones en las sombras? Estas preguntas admiten, preliminarmente, dos respuestas que aventuro.

    Primero, nuestros parlamentarios son incoherentes con la forma en que ellos mismos se comportan durante las campañas previas a las elecciones. ¿Acaso el mercado electoral, hoy en plena marcha, no se configura con promesas, compromisos y acuerdos de los candidatos con la ciudadania? Todos los dias escuchamos como los aspirantes a algun escaño del Congreso nos señalan que, una vez en el poder, cumpliran con tal o cual anhelo (tendran mas mano dura con los delincuentes, votaran los proyectos de ley que importan a la gente, etc.).

    Sin embargo, ocurre que una vez en el poder, las decisiones son adoptadas en sesiones a oscuras que nos dejan a los ciudadanos sin herramientas para fiscalizar. Antes de las proximas elecciones nos diran que han cumplido sus promesas, pero no tendremos forma de verificar si ha sido asi. Nuevamente tendremos que depositar nuestros votos con fe ciega en quienes se (re) postulan.

    Segundo, el secretismo por el cual abogan algunos parlamentarios reposa en una concepcion estrecha y elitista de la democracia. En el Senado se ha planteado la siguiente discusion: dado que el (nuevo) artículo 8° de la Constitución dispone la publicidad de los actos del Estado, ¿perviven las normas que, estando en el reglamento del Senado, permiten la celebracion de audiencias secretas? De acuerdo a lo que el senador Coloma ha señalado, la finalidad de ese nuevo artículo es sólo "evitar la indefension de una persona eventualmente afectada con la toma de resolucion de un organo del Estado sin saber como esta se tomo". Es decir, el senador cree que a los ciudadanos solo les basta con saber como y por que se adopto una decision, pero no tienen derecho a intervenir mientras se discute si se adopta o no.

    Esa forma de concebir la democracia es estrecha, pues reduce la participacion del pueblo unicamente a una etapa posterior a la toma de decisiones. El ciudadano debe contentarse con que, una vez "afectado", se le muestre "como se adopto esa decision". Es, tambien, una concepcion elitista de la democracia, ya que se basa en la idea que las decisiones solo pueden ser tomadas por unos pocos (los tecnocratas) que saben que nos conviene, cuando y como. Nada de deliberacion, pues para debates y discusiones, para razones y sinrazones estan ellos: los capacitados que, curiosamente, estan ahi porque nosotros, los chilenos, se los hemos permitido.

    Kant, primero, y Bobbio, despues, señalaron que el poder en las sombras siempre siembra dudas sobre la legitimidad de la decision. Si las decisiones se toman en secreto no dejan de obligar, es cierto, pero un manto de ilegitimidad se tiende sobre ellas y las acompañara hasta el fin de sus dias. Ello mina la confianza del pueblo en sus representantes, estrecha la vida democratica y reduce a los ciudadanos -cuya participacion es el gran escollo con que se encuentran quienes detentan el poder- a la condicion de espectadores de una obra en la que todos queremos y podemos ser actores.



    Secretismo en el Congreso
    LaTercera / Opinion
    Correo
    Fecha edicion: 12-10-2005

    Señor director:

    Celebro la columna de Domingo Lovera, titulada "El poder en las sombras", publicada en La Tercera de ayer -a partir de un editorial del mismo medio (10 de octubre)-en la que no solo pide que las sesiones de ambas camaras del Congreso Nacional sean publicas, sino que los propios ciudadanos puedan, en ciertos casos, participar directamente en ellas.

    La calidad de la democracia depende en alto grado de la publicidad que se dé oportunamente respecto de los actos y decisiones colectivas de las autoridades, de manera que, mientras más se sustraen asuntos al conocimiento publico, mas dificil sera alcanzar una democracia de calidad, que es, ante todo, una que los propios ciudadanos valoran y estan dispuestos a conservar y a profundizar.

    Democracia es gobierno a telon abierto, no cerrado, y ello significa tambien que, en democracia, las faltas de la autoridad, como la corrupcion, pueden ser denunciadas oportunamente.

    La democracia no es la forma de gobierno que muestra que estamos en el peor de los mundos, sino aquella que, cuando efectivamente estamos en el peor de los mundos, hace posible que todos se enteren del hecho. Desde luego, no para seguir en ese mundo, sino para ver como salimos de el.
    Agustín Squella



    Ir a articulos:


  • Derecho a la informacion publica(10.10.2005 suscriptores La Tercera)


  • El poder en las sombras(11.10.2005 suscriptores La Tercera)


  • Secretismo en el Congreso(12.10.2005 suscriptores La Tercera)



    Ver ademas:

  • Senado termina con el secretismo en la designacion de los jueces de la Corte Suprema


  • Interpretacion del articulo 8º de la Constitucion genera controversia en el Senado




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    martes, octubre 11, 2005

    Interpretacion del articulo 8º de la Constitucion genera controversia en el Senado

    Gran debate ha generado al interior del Congreso la interpretacion que le dio la presidencia del senado al nuevo articulo 8º de la Constitucion, en el sentido que no es posible celebrar votaciones o sesiones en forma secreta o reservada. Esta discusion se refleja en los articulos de los senadores Guillermo Vasquez y Juan Antonio Coloma, publicados el Periodico Electronico del Senado, los que reproducimos a continuacion.-

    Moises Sanchez, en Cronologia del Secreto


    Nueva Constitución prima sobre el Reglamento del Senado
    Por Guillermo Vásquez, senador por la región de la Araucanía
    Valparaíso 07/10/2005 Departamento de Prensa


    Recientemente tuvimos un interesante debate juridico respecto de la interpretacion del articulo 8° de la Nueva Constitucion y he de decir que estoy absolutamente de acuerdo con la interpretacion que la Presidencia del Senado ha dado a la aplicacion del mencionado articulo que establece que "son publicos los actos y resoluciones de los organos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen”. Por ello, de acuerdo a la interpretacion de la mesa que comparto plenamente, ni el Senado, ni sus comisiones, pueden celebrar sesiones o partes de sesiones en forma secreta o reservada, ni someter a votacion asuntos de igual manera, que no se encuentren previstos en la misma Constitución Política o en una Ley.

    Porque, a diferencia de lo que algunos de los Honorables Senadores han dicho, hay que recordar que son publicos los actos y resoluciones de los organos del Estado -lo cual es cierto-, pero dice tambien "asi como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen". Y el procedimiento que nosotros ibamos a utilizar en la sesion especial del martes 4 de Octubre para pronunciarnos sobre la designacion del ministro Sergio Muñoz, como integrante de la Corte Suprema, era la votacion y, en consecuencia, la votacion debe ser publica.

    Tambien quiero recordar que la que se cita como disposicion cuarta era
    Anteriormente la quinta transitoria, nacida de la Constitución de 1980. Y nosotros en el Senado hemos discutido si el Reglamento tiene o no caracter de ley. Pero, la disposición cuarta -o quinta anterior- dice que se entendera que las leyes actualmente en vigor sobre materias que conforme a esta Constitucion deben ser objeto de leyes organicas constitucionales o aprobadas con quorum calificado cumplen estos requisitos y seguiran siendo aplicables en lo que no sean contrarias a la Constitución.

    Hasta donde mi entendimiento llega, el Reglamento del Senado no es una ley organica constitucional que deba ser aprobada con quorum calificado. Y, en segundo lugar, esta misma disposicion -y como lo ha dicho el Presidente del Senado- seguira aplicandose en lo que no sea contraria a la Constitucion y mientras no se dicten los correspondientes cuerpos legales.

    De modo que, tanto entendido desde el punto de vista de que el procedimiento -esto es, la votacion mediante la cual se acuerda- cuanto la naturaleza juridica del Reglamento del Senado, no se trata de una ley organica constitucional, ni tampoco de una ley que requiere un quorum calificado, entiendo perfectamente la posicion del señor Presidente. Estoy con su interpretacion y estoy porque la votacion en casos de nombramientos, sea publica.



    Sigue vigente norma reglamentaria de "reserva" en nominaciones de personas
    Por Juan Antonio Coloma, senador de la region del Maule
    Valparaíso 07/10/2005 Departamento de Prensa


    Las reformas constitucionales se aprobaron recientemente. Estan frescas, esta presente en la discusion que tuvimos todos los parlamentarios, y nunca nadie planteo que este articulo 8° podia influir en la forma de tomar decisiones por parte de los organos que existen en el Estado, como en este caso y en forma especifica es el Congreso Nacional.

    No hay ningun antecedente de que en el artículo 8º se haga referencia a que la forma de votar por parte del Parlamento estaba vinculada a esta modificacion.

    El artículo 8º tiene claramente, desde mi perspectiva, un sentido completamente diferente. Tiene que ver con el tema de la probidad y tiene que ver con los actos y resoluciones de los organos del Estado, en el sentido de que ningun organo, ningun acto, acto juridico del Estado tenga en si mismo una logica de secreto que permita a las personas legitimamente interesadas en saber las razones por las cuales se tomo una decision de cuales son los antecedentes o las formas de poder obtenerlos.

    Ese es el sentido del artículo 8º. Es precisamente evitar la indefension de una persona eventualmente afectada con la toma de resolucion de un organo del Estado sin saber como este se tomo.

    De esto hay numerosos casos a traves de resoluciones ministeriales o resoluciones presidenciales que tienen que ver este objetivo.

    Eso, a mi juicio, no tiene nada que ver con la norma reglamentaria, que esta absolutamente vigente, que es historica tambien, que dice que seran “siempre” secretas las votaciones de asuntos de interes particular que afecten a personas determinadas. Y esto no lo hace para afectar o vinculado al tema del secretismo; lo hace para cautelar la independencia tanto de los que toman decisiones como de aquellos que pueden ser objeto de toma de decisiones.
    Esto es una norma generica, que claramente necesita la independencia respecto de eso. El día de mañana puede ser vinculado a tema de la nacionalidad o ciudadania, o rehabilitaciones legales, respecto del cual, obviamente, en defensa de la persona que puede ser beneficiada en un momento determinado, puede tener esta exigencia de reserva respecto de como se toman las decisiones.


    Pretender, a mi juicio, aplicar la norma del artículo 8º de la Constitución, que tiene un objeto de probidad y que tuvo una discusion enfocada a la naturaleza del acto juridico del Estado con la forma de tomar decisiones por parte del Congreso Nacional sin modificar la norma reglamentaria, que es de caracter legal, me parece realmente transgredir lo que es el espiritu y la forma de tomar las decisiones por parte de la autoridad.
    A mayor abundamiento, del articulo cuarto transitorio de la propia reforma constitucional, que tanto nos hemos todos felicitado de haber aprobado, se desprende que las leyes actualmente en vigor sobre materias que conforme a esta Constitucion deben ser objetos de leyes organicas constitucionales o aprobadas con quorum calificado cumplen estos requisitos.
    Y para todos estos efectos legales, el Reglamento del Senado tiene caracter legal. Se modifican como la forma de una ley; se publica en el Diario Oficial. No es cosa de modificar el Reglamento como una cuestión menor. Tiene que ver con las normas juridicas que regulan funcionamientos del Estado.


    El tema de fondo, a mi juicio, es que hay una forma de tomar decisiones en un organismo. Cuando tiene que ver con personas, para la defensa de las personas o para la defensa de independencia de quienes toman decisiones, me parece que la norma centenaria del Reglamento del Senado esta plenamente vigente.






    Ir a Articulos:

  • Nueva Constitución prima sobre el Reglamento del Senado,Por Guillermo Vásquez


  • Sigue vigente norma reglamentaria de "reserva" en nominaciones de personas, Por Juan Antonio Coloma



    Ver Ademas:

  • Senado termina con el secretismo en la designacion de los jueces de la Corte Suprema


  • A segundo trámite moción que garantiza el acceso a la información pública






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    miércoles, octubre 05, 2005

    Senado termina con el secretismo en la designacion de los jueces de la Corte Suprema


    La eleccion en el Senado del juez Sergio Muñoz como integrante de la Corte Suprema se hizo en una sesion publica, gracias a la aplicacion directa del reciente articulo 8º de la Constitucion Politica, que señala que son publicos los actos y resoluciones de los organos del Estado, asi como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen. De esta manera, el Senado entiende que esta norma impide realizar sesiones secretas, lo que constituye un gran avance en la aplicación de la normativa de transparencia en Chile.-

    Moises Sanchez, en Cronologia del Secreto


    Diario Electrónico del Senado, 04.10.2005.- El Senado dio una importante señal, demostro un liderazgo historico en materia de transparencia y realizo un debate abierto y respetuoso para entender los momentos decisivos que se viven en estas materias”. Asi lo afirmo el presidente del Senado, Sergio Romero, al termino de la inedita sesion publica, donde la Sala respaldo por 36 votos a favor y 8 en contra, el nombramiento del juez Sergio Muñoz como nuevo integrante de la Corte Suprema.

    Agrego que “hoy el Senado demostro una vez mas que es capaz de tener debates duros, dificiles y creo que la interpretacion que di en el sentido que, conforme al artículo 8° de la nueva Constitucion ‘son publicos los actos y resoluciones de los organos del Estado, asi como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen, por lo que ni el Senado, ni sus comisiones, pueden celebrar sesiones o partes de sesiones en forma secreta o reservada, ni someter a votacion asuntos de igual manera, que no se encuentren previstos en la misma Constitucion Politica o en una Ley’ es la que prevalecera a futuro”.

    Afirmo que “esta interpretacion esta avalada por la asesoria legislativa de la propia corporacion, constitucionalistas, el gobierno a traves del ministro secretario general de la presidencia, Eduardo Dockendorff y el Instituto Libertad”. Aun mas, sostuvo que su conviccion se fundamenta en que “la gente ya no quiere mas secretos ni reservas o situaciones hermeticas, la gente demanda espacios aireados y la apertura para saber por que y como sus representantes se expresan y que hacen”.

    El titular de la Camara Alta se mostro tranquilo y satisfecho porque “consegui que los medios de comunicacion estuvieran presentes en el debate, porque puse como condicion que el debate fuera publico”.

    Ver artículo:

  • Senador Sergio Romero: “El Senado asumió hoy un liderazgo histórico en materia de transparencia”





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