martes, agosto 30, 2005

Comentarios a la Reforma Constitucional en materia de acceso a la información, por Rodrigo Egaña B.

Debido a una solicitud nuestra, el subsecretario de Segpres Rodrigo Egaña, nos hizo llegar hoy estos comentarios en relación a la recientes reformas constitucionales en materia de secreto y reserva, y los alcances del oficio 914/2005 que contiene orientaciones en materia de transparencia para todos los servicios, los que ahora compartimos con ustedes.-

Moises Sanchez, en Cronologia del Secreto


Las Reformas Constitucionales recientemente aprobadas por el Congreso Nacional y publicadas en el Diario Oficial el viernes 26 de agosto, reflejan la voluntad de una amplia mayoría parlamentaria, así como del Gobierno, por incorporar un nuevo artículo a la Carta Fundamental, el Artículo 8º, dentro del Capítulo Primero sobre Bases de la Institucionalidad. Dicho precepto establece que "el ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones". Y agrega que "son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen".


Sin duda, el carácter público de los actos y resoluciones de los órganos que conforman el Estado, es uno de los fundamentos que sostienen a una institucionalidad democrática, en términos ideales. Y cabe preguntarnos por qué Chile demoró en llegar a este estado de desarrollo, en que legisladores de todos los sectores políticos concuerdan en que nuestra cultura política debe pasar del "secretismo" que la ha caracterizado a lo largo de su historia republicana, a un punto más pleno del ejercicio de los derechos que corresponden a todos los ciudadanos, y no sólo a sus castas dirigentes o a quienes los gobiernan.


El nuevo artículo 8º es todavía más explícito y señala que "sólo una ley de quórum calificado podrá establecer la reserva o secreto de aquéllos o de éstos, cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional".


Lo anterior expresa un mandato, en relación a que lo secreto será materia de ley, con un alto quórum –y alto grado de acuerdo, por tanto- para no dejar entregado a gobiernos de turno como a eventuales mayorías parlamentarias, la decisión sobre lo público y lo privado en el ámbito de los órganos del estado. Y como todas las libertades y derechos tienen límites en otros derechos, que también es tarea del Estado garantizar, se mencionan cuatro ámbitos de materias que esa ley deberá tener en cuenta para establecer lo que se mantendrá "secreto" o "reservado".


El oficio 914/2005 que el Ministro Secretario General de la Presidencia remitiera a las autoridades: ministros, subsecretarios, y jefes de servicios, tiene el doble propósito de informar acerca de los fundamentos de esta nueva legalidad, así como de ir preparando las condiciones en lo jurídico y administrativo, para ajustarse a este nuevo escenario.


Tal como la Constitución lo señala en el mencionado artículo 8º, hay un precepto general, que aun estando vigente requiere de una ley para hacerla aplicable. En su momento, cuando la ley respectiva haya sido promulgada y cobre vigencia, ella misma determinará los procedimientos y plazos para el nuevo orden que regirá el acceso a la información pública.


Rodrigo Egaña B.
Subsecretario General de la Presidencia.



Nota: Artículo redactado en exclusiva para "Cronologia del Secreto"





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viernes, agosto 26, 2005

Reformas Constitucionales acaban con el secreto por via reglamentaria



En la edición del Diario Oficial de hoy, se publicó la ley Nº 20.050, que contiene las reformas constitucionales recientemente aprobadas, una de las cuales elimina la facultad de los funcionarios públicos para declarar secretos actos y documentos públicos.-

Moises Sanchez, en Cronologia del Secreto


SANTIAGO, 26 de agosto de 2005, (CDS News).- Rapidamente fueron publicadas las reformas a la Constitución Política recientemente aprobadas, lo que tiene un enorme impacto en materia de acceso a la información pública. En efecto, una de las reformas aprobadas incorpora un nuevo artículo 8º, que señala que:


"Artículo 8.º El ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones.

Son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen. Sin embargo, sólo una ley de quórum calificado podrá establecer la reserva o secreto de aquéllos o de éstos, cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, laseguridad de la Nación o el interés nacional.".


De esta manera, se pone término a las prácticas de secretismo que, desde el año 2001, muchos servicios públicos comenzaron a desarrollar, y que se concretaron en la publicación de más de 90 resoluciones que restringían el acceso a información que -por su propia naturaleza-, era de carácter de pública. Ello, bajo el amparo normativo del DS 26/2001 Segpres, que contiene el reglamento de secreto y reserva de los actos y documentos públicos, instrumento que entregó amplias facultades a los funcionarios para actuar discrecionalmente en esta materia. Muchas de estas resoluciones ya habían sido declarados ilegales por parte de la Contraloría General de La República en el dictamen Nº 49883 de octubre de 2004.


Con la publicación de esta nueva norma, todas las resoluciones de secreto dictadas a la fecha deben entenderse que están derogadas. Así lo señaló el mismo Segpres al momento de dar respuesta a la presentación efectuada sobre esta misma materia por diversas organizaciones ciudadanas, y que se contiene en el oficio respuesta Nº 925/2005, el cual indica que esta modificación implicará "la derogación de las resoluciones de secreto y reserva, toda vez que establecen que dicha declaración solamente la puede hacer el legislador, no la autoridad administrativa".


En este escenario, urge generar un rápido proceso de eliminación de las resoluciones de secreto, a fin de evitar la "sobrevivencia" de dichos anacrónicos resabios normativos de secretismo, para lo cual se requiere que las autoridades y jefes de servicio involucrados procedan a derogarlas expresamente. Dicha orientación ya ha sido comunicada por medio del oficio Nº 914/2005 de Segpres, el cual les señaló a todos los servicios y reparticiones públicas que: "ante la necesidad de preparar a los organismos de la Administración para el nuevo escenario normativo descrito, se ha estimado conveniente comunicar formalmente a Ud. la orientación que deberá presidir la actuación administrativa en materia de publicidad y transparencia, a objeto que se proceda desde ya, a revisar los criterios aplicados y a definir las estrategias e instrumentos de gestión que permitan la estricta observancia de dichosprincipios, velando siempre por la mayor publicidad y transparencia posibles".


Todo lo anterior justifica justifica la apertura de un proceso de discusión pública, en el cual todos los sectores involucrados, tanto del estado como la Ciudadanía, generen un debate y propuestas respecto del nivel de publicidad que una sociedad democrática debe sostener, y que concluya en la construcción de un código de buenas prácticas en materia de secreto, tarea para lo cual se puede tomar como punto de partida el mismo oficio Nº 914/2005 que ya se comentó.



Moises Sanchez.-


Ver ademas:


  • "Secretismo en Chile: Revisión de la Práctica Administrativa 2001-2005" (Moisés Sánchez)
  • "Transparencia y Probidad en los gobiernos de la Concertación" (Rodrigo Egaña B.)



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    jueves, agosto 25, 2005

    Cámara respalda iniciativa de Romero en materia de Transparencia

    Titular de la Cámara de Diputados, junto con respaldar la iniciativa del Presidente del Senado, ingresó la semana pasada una moción que contempla el término de las votaciones secretas tanto en la Sala como en las comisiones. La moción de Ascencio agrega aspectos sustanciales para permitir, además, el inicio de las nuevas comisiones investigadoras y fortalecer la transparencia no sólo en el parlamento, sino en la Administración del Estado.-

    Moises Sanchez, en Cronologia del Secreto


    VALPARAISO, 25 de AGOSTO de 2005, (Oficina de Prensa. Presidencia EST).- Partidario de una transparencia absoluta, "y de terminar con todos los actos secretos", tanto en el poder legislativo como en las distintas reparticiones del Estado se manifestó hoy el presidente de la Cámara de Diputados, Gabriel Ascencio, quien respaldó la propuesta de su homólogo en el Senado, Sergio Romero. Ascencio recordó que la semana pasada dejó ingresada una moción que contempla este y otros aspectos que apuntan en la misma dirección: total transparencia.

    Ascencio agregó que junto con respaldar que respaldará las medidas e iniciativas que se adopten en el Senado en este tema, explicó que la moción que ingresó en la Cámara, que modifica la Ley Orgánica del Congreso Nacional- adecua el sistema actual para poder implementar las enmiendas constitucionales recién aprobadas. "Sólo y exclusivamente en casos muy extremos podrán ser reservados los actos relativos a la seguridad e interés nacional, tal como quedó establecido en la Constitución tras efectuarse los históricos cambios que aprobamos hace algunos días".

    CÁMARA COMENZARÁ SISTEMA DE INTERPELACIÓN A MINISTROS VIA INTERNET
    Por otra parte, el presidente de la Cámara agregó que en los próximos días comenzará a implementarse un nuevo sistema para el envío de oficios y solicitudes de los parlamentarios a los Ministros y autoridades del Estado, a través de Internet, comenzando con la repartición que más peticiones de información recibe: el Ministerio de Obras Públicas y Transportes.

    "Este sistema no sólo permitirá una mayor rapidez y eficiencia a la labor fiscalizadora de la Cámara, sino que toda la información será pública y podrá ser conocida por nuestros electores a través de Internet".

    Fuente: Oficina de Prensa. Presidencia.
    EST/Valparaíso. 25 de Agosto 2005.-



    Ver ademas:


  • Presidente de la Cámara respalda iniciativa de Romero en materia de transparencia(La Segunda, 25/08/2005)




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    jueves, agosto 18, 2005

    Columnas de Opinion de Matias Guiloff y Patricio Herman

    En el "Mostrador" se publicaron hoy las columnas de opinion de Patricio Herman y Matias Guillof, las que se refieren al rol de la ciudadanía en materia de acceso a la información publica.-

    Moises Sanchez, en Cronologia del Secreto


    SANTIAGO, 18 de agosto de 2005, (CDS News).- Sin duda alguna el tema del acceso a la información está en el tapete de la discusión pública, y por ello no es extraño que hoy se hubieran referido a este tema Patricio Herman (Defendamos la Ciudad), y el joven abogado Matías Guiloff (Oceana), en sus columnas publicadas en "El Mostrador".

    Herman hace referencia en su artículo al importante rol que desempeñaron las organizaciones ciudadanas para obtener que, finalmente, Segpres enviara un oficio con recomendaciones en materia de transparencia a todos los servicios públicos. Menciona una carta que fue presentada al ministro Vidal, cuyo objeto es que se incorpore dentro de todos los análisis el rol ciudadano, y no se lo plantee solamente como un "éxito" del gobierno.

    Por su parte, Guiloff analiza la relación que existe entre el acceso a la información y los recursos naturales, y pone de maniefiesto la necesidad de que todos los avances legislativos se concreten en la práctica, de manera de cumplir con el principio 10 de la declaración de Rio, referido a esta materia.

    Moises Sanchez.-



    Columnas citadas:

    "Acceso a la información pública y recursos naturales", Matias Guiloff (el mostrador 18.08.2005)

    "Secretismo en Chile", Patricio Herman (el mostrador 18.08.2005)


    Otros artículos de Matías Guiloff:

    "Ley Larga de Pesca ¿Otra ley corta?" (El mostrador 07.02.2005)

    "Más transparencia para la pesca" (La Estrella de Chiloe, 29.05.2005)

    "Pesca y Fiscalización" (La Estrella de Chiloe, 15.06.2005)


    Otros artículos de Patricio Herman:

    "Secretismo en los actos y documentos públicos" (El Periodista 17.03.2003)

    "Contaminación y secretismo" (El Mostrador 09.06.2005)

    "Fin del secretismo" (la Nacion 17.11.2004)

    "Desaprension urbana y ambiental" (El Mostrador 05.05.2005)









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    Transparencia es tratada en Anuario de Derechos Humanos

    En presentación del "Anuario de Derechos Humanos 2005", publicado por la Universidad de Chile, se destaca la inclusión de la transparencia como un tema emergente.-

    Moises Sanchez, en Cronologia del Secreto


    SANTIAGO, 18 de agosto de 2005, (CDS News).-El martes recien pasado, asistí al lanzamiento del anuario de derechos humanos de la Universidad de Chile, y vi con satisfacción que se habian considerado en el una serie de artículos vinculados con la transparencia bajo el rótulo de "temas emergentes". Entre ellos, se destacan los de José Zalaquett y Javier Cuso.

    Otro artículo que quiero destacar es el de Domingo Lovera, joven profesor de derecho de la Universidad Diego Portales, titulado "El informe de Chile ante el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: el papel del Derecho". Domingo, a través de las acciones que desarrolla la Clínica de Asuntos de Interés Público de la UDP, tiene una amplia experiencia y trayectoria en materia de transparencia y acceso a la información pública, por lo que me satisface ver que se incorpora su visión en este tipo de publicaciones.

    Otro artículo de interés es el de Maria Jose Eva, quien comenta un importante fallo desde el punto de vista de la Libertad de Expresión y el interés público (fallo Paez con Baraona).

    Finalmente, me parece de muchísmo interés el artículo "La democracia y el mal menor", de Michael Ignatieff, que se refiere a los límites morales en la lucha contra el terrorrismo. Esta es una materia que merece una gran reflexión, ya que la experiencia internacional de los últimos años nos ha demostrado que las razones de seguridad en muchos casos "pasan por arriba" de derechos que se pensaban que ya estaban consolidados, lo que sucedió -por ejemplo-, con la "ley patriota" norteamericana, que limitó los derechos civiles, y otras normativas que flexibilizaron la protección ambiental por razones de seguridad nacional.

    Teniendo presente esto último, no es impensable que las razones de seguridad (una de las causales que se incorporó en la reciente reforma constitucional, que habilita para declarar secretos actos y documentos públicos) el acceso a la información en Chile se vea limitado. Ésto último es lo que hace del todo procedente iniciar una discusión entre todos los sectores en relación a los alcances de la publicidad de la información, que sirva de base para construir un "código de buenas prácticas" en materia de secreto.

    Moisés Sánchez

    Artículos destacados

    El Informe de Chile ante el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales: El Papel del Derecho-Domingo Lovera P.

    Derechos Económicos, Sociales y Culturales: Observaciones finales del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: Chile (E/C.12/1/Add.105

    Fallo Páez con Baraona: Libertad de Expresión e Interés PúblicoMaría José Eva P.


    Las Convenciones de las Naciones Unidas y de la Organización de Estados Americanos contra la CorrupciónJosé Zalaquett D.

    Reunión Regional sobre Transparencia, Rendición de Cuentas y Lucha contra la Corrupción en América


    Mecanismo de Segumiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC Quinta reunión del Comité de Expertos del Mesicic

    A propósito de las leyes 19.963 y 19.964, que modifican la ley 19.884 sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto ElectoralJavier Couso S.


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